Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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a) Los contribuyentes habiles que asistan al sorteo en caso de que no hubieran recabado su cupon, se apersonaran a las terminales informaticas especialmente implementadas para registrar su asistencia, en ese preciso instante se verificara que el asistente al registrarse sea un "CONTRIBUYENTE HABIL", procediendose a generarle su "Cupon" con su respectiva MORDAZA para participar en el sorteo. El Cupon original ingresara al anfora y la MORDAZA se le entregara al contribuyente, el registro de "Contribuyentes Habiles" se iniciara una hora MORDAZA del sorteo y se cerrara al inicio del sorteo. b) Se utilizar un anfora, donde se depositaran los cupones de los "Contribuyentes Habiles" para participar en el sorteo, el cupon contendra los numeros de codigo de contribuyente, nombre, y direccion del predio declarado en Carabayllo. c) Se procedera al respectivo movimiento del anfora, para luego extraer el numero ganador, este MORDAZA sera en todo momento publico y mostrado a los concurrentes, paso por paso. d) Completado este primer paso, se indagara a traves del sistema informatico el nombre y datos complementarios del contribuyente ganador. e) Se llamara a los ganadores y se efectuara la entrega del premio en el mismo acto. f) El Notario Publico MORDAZA fe del numero de codigo de contribuyente que salga sorteado, de la entrega del premio, a fin de que se cumpla con el protocolo que MORDAZA el sorteo. V.- DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS Los que resulten ganadores, en caso de ser personas naturales, deben de acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad. Para las personas juridicas, poder debidamente inscrito en los Registros Publicos y MORDAZA del RUC. La entrega es personal, previa verificacion del codigo de contribuyentes, pudiendo ser esta realizada durante el sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario y del representante del Ministerio del Interior. Aquellos contribuyentes que no estuvieran presentes al momento del sorteo seran notificados a fin de presentarse personalmente ante la Gerencia de Administracion Tributaria de lunes a viernes en horario de oficina, la cual gestionara el retiro del almacen del premio a entregar, mediante la firma del acta correspondiente con la suscripcion y asentamiento de huella digital del indice derecho del favorecido y suscripcion de guia de entrega de premio con la MORDAZA de los documentos que lo acrediten. VI.- CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL PREMIO En caso que el contribuyente, cuyo codigo corresponda al numero ganador, hubiere fallecido, podran solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante sucesion intestada o declaratoria de herederos Adicionalmente en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos con anterioridad al sorteo deberan haber regularizado la condicion de propiedad y situacion tributaria, mediante el procedimiento correspondiente ante la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion. En caso de que el ganador de encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podra efectuarlo a traves de un tercero debidamente premunido de la autorizacion correspondiente, mediante poder notarial, la persona autorizada se apersonara portando el poder descrito y original de su Documento Nacional de Identidad. Cualquier circunstancia no contemplada en estas bases, sera resuelta por la Gerencia de Administracion Tributaria, sin que su decision sea objeto de queja o impugnacion. VII.- PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO Los ganadores del sorteo podran recoger los premios hasta el 15 de MORDAZA de 2015. Dicho plazo es improrrogable.

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014

VIII.-PUBLICACION DE GANADOR DEL SORTEO La publicacion de los contribuyentes ganadores de los premios sorteados, se MORDAZA el dia habil siguiente del evento, a traves de los siguientes medios: - Publicacion en las sedes de la Municipalidad de Carabayllo - Publicacion en la Pagina Web de la Municipalidad de Carabayllo IX.- NO PARTICIPAN DEL SORTEO No podran participar del sorteo, el MORDAZA, los Regidores y ningun trabajador de la Municipalidad en cualquiera de sus modalidades. 1181198-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican Ordenanzas N°s. 378-MDJM y 412-MDJM que complementan los parametros urbanisticos y edificatorios en el distrito
ORDENANZA N° 450-2014-MDJM MORDAZA MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de Concejo de la fecha; con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia a las municipalidades provinciales y distritales y el articulo 195 del mismo cuerpo normativo dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo y posee competencia para desarrollar y regular actividades y/ o servicios en materia de educacion, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, etc; Que, el articulo 40 de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades prescribe que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en las estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de servicios publicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTICULO 9 DE LA LEY Nº 27972 ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL, APROBO LA SIGUIENTE; ORDENANZA QUE MODIFICA LAS ORDENANZAS NºS. 378-MDJM Y 412-MDJM QUE COMPLEMENTAN LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- INCORPORESE el numeral 4.15 al articulo 4° y el numeral 6.12 al articulo 6° de la Ordenanza N° 378-MDJM; y el numeral 5.3 al articulo 5° de la Ordenanza N° 412-MDJM, los mismos que tendran el siguiente texto:

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