Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

541098
DERECHO ( I ) % UIT1/ S/.

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014 UIT = 3800.00 Nº DERECHO TRAMITE



PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO BRINDADO EN EXCLUSIVIDAD

COSTO ( C ) S/.

% (I / C)

SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD S8,01 Carnet de Sanidad S8,04 Duplicado de Licencia de Tenencia y circulacion de canes no considerados potencialmente peligrosos y considerados potencialemente peligrosos 0.671 0.503 25.50 19.10 25.57 19.14 137 138

99.73% 99.79%

1/ UIT vigente en el 2014 = S/. 3,800.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 372-MSI Elaboracion: Servicio de Administracion Tributaria

Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que la vigencia del presente Acuerdo Ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion del texto de la Ordenanza Nº 372-MSI, en el diario oficial El Peruano, asi como del Anexo de la ordenanza que contiene los procedimientos y/o servicios brindados en exclusividad contenidos en el MORDAZA, respecto de los derechos de tramite que cuenten con opinion favorable y que MORDAZA ratificados, el cual debera ser publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el MORDAZA Institucional, conforme lo dispuesto en el articulo 38.3 de la Ley Nº 27444, y modificatorias. La publicacion se debera realizar; sin perjuicio que la Municipalidad deje sin efecto de forma expresa los derechos de tramite de los procedimientos y/o servicios brindados en exclusividad que no cuenten con pronunciamiento favorable, siendo estas las siguientes: 02.04 Emision de plano catastral para acumulacion, subdivision o inmatriculacion de un predio ante la SUNARP. S02.01 Emision de hoja informativa catastral MORDAZA 03.13 Certificado de conformidad de obra en area de uso publico (pago de derecho de tramite solo en caso de Telecomunicaciones). 4.38 Licencia de funcionamiento con ITSE basica Ex Ante 4.39 Autorizacion conjunta de licencia de funcionamiento con ITSE basica Ex Ante y elemento de publicidad exterior y/o toldo con anuncio 04.40 Licencia de Funcionamiento con ITSE detalle con sus 10 tramos 04.41 Autorizacion conjunta de licencia de funcionamiento con ITSE de detalle y elemento de publicidad exterior y/o toldo con anuncio con sus 10 tramos 04.42 Licencia de funcionamiento con ITSE de multidisciplinario 04.43 Autorizacion conjunta de licencia de funcionamiento con ITSE de Multidisciplinario y elemento de publicidad exterior y /o toldo con anuncio 04.47b Modificacion de giro y/o area de las autorizaciones y/o licencias ITSE Basica Ex Ante 04.49 Autorizacion de instalacion de elementos de publicidad exterior que requieren informe de calificacion de condiciones estructurales e instalaciones electricas por especialista 04.49 a) Anuncio Simple 04.49 b) Anuncio Luminoso o MORDAZA 04.58 Inspeccion Tecnica de Seguridad en Edificaciones Basica (EX POST ) - a solicitud de parte 04.59 Inspeccion Tecnica de Seguridad en Edificaciones Basica (EX ANTE ) - a solicitud de parte 04.60 Inspeccion tecnica de seguridad (de detalle) a solicitud de parte con sus 10 tramos. 04.05 Duplicado de Certificado de ITSE 08.02 Duplicado de Carnet de Sanidad Ello debido a que no se encuentran conforme a las disposiciones tecnicas y/o legales vigentes. Por otro lado, se precisa que la aplicacion de la Ordenanza materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA

senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Isidro; asi como, la aplicacion estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza en ratificacion y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos de edificaciones y habilitaciones, adecuadas a la Ley N° 29090 y modificatorias, el derecho de tramite total del procedimiento no excede en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorizacion excepcional prevista en la Ley N° 27444, cuya fiscalizacion se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. Finalmente, corresponde senalar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en el articulo 10 de la Ordenanza Nº 1533. Articulo Tercero.- En cumplimiento del Articulo 14° de la Ordenanza N° 1533, se remite el presente Dictamen a la Secretaria General del Concejo, a efectos de disponer su inclusion en la agenda de la Sesion de Concejo Metropolitano inmediata siguiente, en la que se adoptara el Acuerdo que corresponda, conforme al Art. 15º. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 1181646-1

Reconocen relevancia del MORDAZA de reubicacion de la comunidad indigena MORDAZA Shipibo-Conibo de Cantagallo, asi como la construccion de proyecto de vivienda en terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016 MORDAZA, 22 de diciembre de 2014 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece, que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 12 de noviembre de 2009, en acto publico, se procedio a la suscripcion del contrato de concesion del Proyecto "Via MORDAZA Rimac" (antes Proyecto Linea Amarilla), entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en calidad de concedente, y la empresa Linea Amarilla S.A.C.- LAMSAC, en calidad de concesionario; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 124, de fecha 16 de MORDAZA de 2013, se constituyo un Grupo de

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