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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (25/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 104

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014 541106 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 447-MJM que aprueba beneficios tributarios y administrativos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025-2014-MDJM Jesús María, 14 de noviembre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA Visto, el Memorando Nº 629-2014-MDJM-GR, de fecha 13 de noviembre del 2014, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el artículo 194 de la Constitución Política del Perú; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, establece la potestad tributaria de los gobiernos locales para crear, modifi car, suprimir y establecer benefi cios tributarios respecto de los tributos de su competencia mediante Ordenanza; Que, a través de la Ordenanza Nº 447-MJM, se aprobaron diversos benefi cios tributarios administrativos, para que de manera excepcional, los contribuyentes e infractores pudieran regularizar sus obligaciones pendientes, con las mayores facilidades, fi jándose el vencimiento para el 15 de noviembre del 2014; Que, el Artículo Octavo de la Ordenanza mencionada faculta al Alcalde para dictar las medidas complementarias para la aplicación adecuada de la norma, así como para la prórroga del vencimiento de los benefi cios que la misma prevé; Que, sin embargo resulta necesario ampliar los benefi cios otorgados en dicho cuerpo normativo, a fi n de que un número mayor de vecinos, pueda dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones, a excepción de los dispuestos en sus artículos 3º y 4º los cuales refi eren al pago fraccionado de los tributos pendientes; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE, la vigencia de la Ordenanza Nº 447-MJM, Ordenanza que aprueba benefi cios Tributarios y Administrativos, hasta el 31 de diciembre del 2014. Artículo Segundo.- ENCARGUÉSE, a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión y publicación de la misma. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 1181167-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 024-MDMM Mediante Ofi cio Nº 791-2014-SG-MDMM, recibido el 24 de diciembre de 2014, la Municipalidad de Magdalena del Mar solicita se publique la Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 024-MDMM, publicada en la edición del día 20 de diciembre de 2014. DICE: (…) Artículo 9º.- Vigencia El acogimiento a la presente Ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, hasta el 31 de enero de 2014. (…) DEBE DECIR: (…) Artículo 9º.- Vigencia El acogimiento a la presente Ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, hasta el 31 de enero de 2015. (…) 1181812-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Actualizan el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad ORDENANZA Nº 372-MSI San Isidro, 30 de octubre de 2014 LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO En Sesión Ordinaria Nº 32 de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 003-2014-ADM- FIN-SIS-FIS/MSI de las Comisiones de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización y Asuntos Jurídicos, Laborales y Sociales; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 277-MSl se aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 426 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a excepción del Módulo de Obras Privadas; normas publicadas el 22 de noviembre de 2009; Que, mediante Ordenanza Nº 307-MSl se aprobó la actualización de los procedimientos, requisitos y derechos del TUPA del Módulo de Obras Privadas y modifi cación de procedimientos del Módulo de Catastro, los cuales fueron ratifi cados con Acuerdo de Concejo Nº 342 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, normas publicadas el 23 de setiembre del 2010; Que, mediante Ordenanza Nº 321-MSl, publicada el 17 de diciembre del 2010 y modifi catorias, se aprobó la integración y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 011-2011- ALC/MSI publicado el 30 de julio de 2011, se modifi có la denominación de los procedimientos 03.07 y 03.17 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA a cargo de la Gerencia de Obras y Servicios Municipales;