Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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N° APELLIDOS Y NOMBRES ESPECIALIDAD ING. CIVIL ING. MINAS ING. MINAS ING.MINAS ING.MINAS ING. MINAS ING.MINAS ING. CIVIL DIRECCION MORDAZA Los Tulipanes Nº 170, Urb. Barrio Obrero, San MORDAZA de Porres, MORDAZA Av. Chupaca Nº 167, Chupaca, Chupaca, MORDAZA Av. MORDAZA Matellini Nº 186 Urb. Matellini-Chorrillos, MORDAZA Av.Brasil Nº1458, Departamento 803-A, MORDAZA Pasaje Borelli Mz.B Lote 33, Urb. MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA D.N.I. C.I.P. R.U.C.

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014 TELEFONO CORREO ELECTRONICO anamariapella@ yahoo.es ciroquispe@speedy. com.pe No se encontro No se encontro erojas152@hotmail. com rtovarg@outlook.com /rtg@peru.com No se encontro czavaletap@yahoo.es

10 Pella MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 11 MORDAZA Galvan,Ciro MORDAZA 12 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 13 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 14 MORDAZA Patino, MORDAZA MORDAZA 15 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 16 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

08495923 30844 10084959231 999529770 (064)439401 19906349 22496 10199063494 964631148 RPM#412940 06163701 39984 10061637015 No se encontro 00415053 60886 10004150533 995007515 10472369 21830 10104723697 978843437

MORDAZA Granada 459 Dep 102- Pueblo Libre, Lima/Calle 986628050 40942664 91360 10409426641 Los Geranios Mz- N Lote 9 Dpto.201, Miraflores, MORDAZA 946116325 Jr. Los Gladeolos, Huanchaq, Cusco/Pje. Los Gladeolos J-9, La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Los Hidraulicos Nº 181, Urbanizacion Residencial Ingenieros, La MORDAZA, MORDAZA 31522302 48365 10315232020 982762383 10061170 4131 3484925 10100611703 3481800 995575391

17 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

1181433-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban la Lista Nº 13 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, para las victimas de la violencia acaecida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0266-2014-JUS MORDAZA, 23 de diciembre de 2014 VISTOS, el Oficio N.º 1733-2014-JUS-CMAN/SE, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN; el Informe N.º 222-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N.º 886-2014JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N.º 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo del Plan Integral de Reparaciones (PIR) para las victimas de la violencia acaecida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, conforme lo dispone el articulo 38º del Reglamento de la Ley N.º 28592, aprobado por el Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS, teniendo en cuenta los listados a que se hace referencia en el articulo 42º de la citada MORDAZA, el Consejo de Reparaciones determina e identifica a los Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, en adelante el Programa (PRE); Que, el articulo 2º del Decreto Supremo N.º 0512011-PCM, modifica el articulo 37º del Reglamento MORDAZA acotado, senalando que el otorgamiento de las reparaciones se efectuara gradual y progresivamente una vez que se aprueben, mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el PRE; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo N.º 051-2011PCM determina que el monto de la reparacion economica por victima de violacion sexual, desaparecida, fallecida o con discapacidad, asciende a S/. 10 000,00 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), dictandose los lineamientos para el caso de concurrencia del conyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas;

Que, mediante Decreto Supremo N.º 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional (CMAN) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS); Que, en el contexto de la adscripcion de la CMAN al MINJUS, se dicta la Resolucion Ministerial N.º 01492012-JUS, por la cual se modifican los procedimientos y modalidades de pago para la implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, aprobados con Resolucion Ministerial N.º 184-2011-PCM, considerando, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del PRE es el MINJUS a traves de su Unidad Ejecutora que es la Oficina General de Administracion, precisandose que el MINJUS aprueba mediante resoluciones ministeriales los desembolsos correspondientes; Que, la Ley N.º 29979, Ley que establece criterios de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas del Plan Integral de Reparaciones, senala en el primer parrafo de su articulo 1º que el criterio de priorizacion para la ejecucion del PRE sera el de prelacion, teniendo en consideracion la fecha en que MORDAZA ocurrido el hecho violatorio de derechos; Que, el ultimo parrafo del citado articulo 1º de la Ley N.º 29979, faculta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a configurar los criterios complementarios de ejecucion del PRE, considerando lo previsto en el articulo 8º del Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS, a propuesta de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, senalando que seran Beneficiarios prioritarios las victimas adultos mayores, las mujeres y las personas con discapacidad; Que, mediante el Informe N.º 058-2014-JUS/CMANSE-LPA del Tecnico Especialista en Reparaciones Economicas, la Secretaria Ejecutiva de la CMAN refiere que conforme a los procedimientos establecidos ha elaborado la Lista N.º 13 que contiene un total de 7 638 Beneficiarios del PRE, especificando datos personales y Codigo de Registro Unico de Victimas (RUV), entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N.º 221-2014-EF, se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a favor del Pliego MINJUS, hasta por la suma de S/. 58 997 494,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados a continuar en el presente ano fiscal con el pago de reparaciones economicas establecidas en el articulo 37º del Reglamento de la Ley N.º 28592, Ley que crea el PIR, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 0152006-JUS; Que, habiendose autorizado la transferencia de partidas mencionada en el considerando precedente, mediante Resolucion Ministerial N.º 179-2014-JUS, se aprobo la desagregacion de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N.º 221-2014-EF, hasta por la suma de S/. 58 997 494,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL

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