Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban metas de gestion, formula tarifaria y estructura tarifaria correspondiente al quinquenio 20152020, para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda SEDAPAR S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 036-2014- SUNASS-CD MORDAZA, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Memorandum N° 261-2014-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el estudio tarifario con la propuesta final de: i) formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion que seran aplicadas por SEDAPAR S.A. en el quinquenio regulatorio 2015-2020 y ii) costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que seran de aplicacion por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Gerencia de Regulacion Tarifaria N° 004-2012-SUNASS-GRT se inicio el procedimiento de aprobacion de: i) formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion y ii) costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de SEDAPAR S.A.; Que, segun el estudio tarifario presentado mediante el memorandum de visto ­que forma parte integrante de la presente resolucion­ y de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolucion que aprueba la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; ii) realizar la audiencia publica correspondiente el 13 de junio de 2014; y iii) elaborar la propuesta final de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion que seran aplicadas por SEDAPAR S.A. en el quinquenio regulatorio 2015­2020 y de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluacion de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasion de la audiencia publica); Que, sobre la base del estudio tarifario, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de SEDAPAR S.A. y disponer la constitucion del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la formula tarifaria, recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; Segun lo dispuesto por el articulo 20 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Regulacion Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesion del 9 de diciembre de 2014; HA RESUELTO: Articulo 1°.- Aprobar las metas de gestion que debera cumplir SEDAPAR S.A. en el quinquenio regulatorio

2015-2020, asi como los mecanismos de evaluacion de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolucion. Articulo 2°.- Aprobar la formula tarifaria que aplicara SEDAPAR S.A. durante el quinquenio regulatorio 20152020, asi como sus condiciones de aplicacion, de acuerdo a lo especificado en el Anexo Nº 2 de la presente resolucion. Articulo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2015-2020 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda SEDAPAR S.A., conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolucion. Articulo 4°.- Disponer la creacion de un fondo para financiar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por SEDAPAR S.A., el cual solo podra ser utilizado para tal fin. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicara este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. En el Anexo N° 4 de la presente resolucion se establecen los porcentajes que mensualmente y en cada uno de los anos del quinquenio regulatorio SEDAPAR S.A. debera destinar al mencionado fondo. Dichos porcentajes se calcularan sobre la base de los ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado de la referida empresa, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promocion Municipal. Articulo 5°.- Aprobar los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que SEDAPAR S.A. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolucion. Articulo 6°.- SEDAPAR S.A. debera reservar mensualmente, para la gestion de riesgos de desastres y adaptacion al cambio climatico, el 2% de sus ingresos totales facturados por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promocion Municipal, segun lo indicado en el estudio tarifario. Para tal efecto, SEDAPAR S.A. debera abrir una cuenta en el sistema bancario para el deposito de los recursos provenientes de esta reserva, los cuales se destinaran exclusivamente a los fines del presente articulo. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicara este hecho a los titulares de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. Articulo 7°.- El inicio del ano regulatorio y la aplicacion de la estructura tarifaria aprobada se consideraran a partir del inicio del primer ciclo de facturacion posterior a la entrada en vigencia de la presente resolucion. Articulo 8°.- La presente resolucion, su exposicion de motivos y los anexos Nos. 2, 3 y 5 deberan publicarse en el diario oficial El Peruano. Los Anexos Nos. 1 y 4, y el estudio tarifario se publicaran en la pagina web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Articulo 9°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOMIY MORDAZA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TECNICO DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTION Y COSTOS MAXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE SEDAPAR S.A.

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Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007SUNASS-CD.

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