Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014

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Unidad Ejecutora: 001 Oficina General de Administracion; Programa Presupuestal: 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos, Funcion: 23 Proteccion Social, Division Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Economicas, Meta: 0078 Seguimiento de la Politica Nacional de Paz Reparacion Colectiva y Reconciliacion Nacional y Meta: 0079 Elaboracion y Seguimiento de los Planes, Programas y Proyectos para Contribuir a la Pacificacion Reparacion Colectiva y Reconciliacion Nacional, y Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios. Articulo 5º.- Ejecucion, Seguimiento y Monitoreo del Programa La Secretaria Ejecutiva de la CMAN es la responsable de supervisar la ejecucion, seguimiento y monitoreo del Programa de Reparaciones Economicas, debiendo informar al Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia acerca de los resultados de dicha gestion. Articulo 6º.- Publicacion en el MORDAZA Institucional del MINJUS El Anexo al que se refiere el Articulo 1º, se publicara en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1181512-1

CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, con el Oficio N.º 1733-2014-JUS-CMAN/SE, el Secretario Ejecutivo de la CMAN, senala que en el Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se cuenta con los recursos financieros para atender a 7 638 Beneficiarios incluidos en la Lista N.º 13 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, por un monto de S/. 7 810 818,80 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO Y 80/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF); Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N.º 222-2014-JUS/OGPP-OPRE, emite opinion favorable en cuanto a la disponibilidad presupuestal para atender a los 7 638 Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, por un monto de S/. 7 810 818,80 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO Y 80/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye el ITF; Que, conforme a lo expuesto en los parrafos precedentes, se concluye que el financiamiento es con cargo al presupuesto aprobado al Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administracion, el cual se implementa a traves de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN en coordinacion con la Oficina General de Administracion del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Con el visado de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N.º 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 0152006-JUS y sus modificatorias; la Ley N.º 29979, Ley que establece criterios de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparacion Economica del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 017-2013-JUS y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Lista N.º 13 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas Aprobar la Lista N.º 13 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, elaborada por la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional (CMAN), la que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Custodia del contenido de la Lista N.º 13 de Beneficiarios La Lista N.º 13 de Beneficiarios y el CD que la contiene, quedaran bajo la custodia de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, a fin de garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de dicha informacion. Articulo 3º.- Autorizacion de Abono de la Reparacion Economica Autorizar el desembolso presupuestal para atender el abono unico de las Reparaciones Economicas a favor de 7 638 beneficiarios comprendidos en la Lista N.º 13 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, elaborado por la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, en cada una de las cuentas de ahorro del Banco de la Nacion hasta por un monto de S/. 7 810 818,80 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO Y 80/100 NUEVOS SOLES), que incluye el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras ITF, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Ejecucion Presupuestaria del Abono de la Reparacion Economica La autorizacion a que se refiere el Articulo 3º de la presente Resolucion sera atendida por el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a traves de la

SALUD
Aprueban Documento Tecnico: Plan Nacional "Bienvenidos a la Vida" en el MORDAZA de las acciones de fortalecimiento para la reduccion de la morbimortalidad neonatal en el Peru 2015-2016
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 997-2014/MINSA MORDAZA, 24 de diciembre del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-134854-001, que contiene el Informe Nº 399-2014-DGSP-DAIS-EVN/MINSA, promovido por la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, los articulos III y V del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, senalan que toda persona tiene derecho a la proteccion de su salud en los terminos y condiciones que establece la ley. El derecho a la proteccion de la salud es irrenunciable. El concebido es sujeto de derecho en el MORDAZA de la salud; siendo responsabilidad del Estado vigilar, cautelar y atender los problemas de desnutricion y de salud mental de la poblacion, y los de salud ambiental, asi como los problemas de salud de la persona con discapacidad, del MORDAZA, del adolescente, de la MORDAZA y del adulto mayor en situacion de abandono social; Que, el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, establece las funciones rectoras del Ministerio de Salud y senala entre otras, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de promocion de la salud, prevencion de enfermedades, recuperacion y rehabilitacion en salud y dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, la gestion de los recursos del sector; asi

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