Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2014 (29/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Que de otro lado, es conveniente modificar el anexo de la Resolucion de Superintendencia Nº 014-2008/SUNAT que regula la notificacion de actos administrativos por medio electronico, para incorporar en dicho anexo a los actos administrativos que resuelven las solicitudes de devolucion del saldo a favor del impuesto a la renta ­ persona natural por rentas del capital: primera y MORDAZA categorias y fuente extranjera y rentas del trabajo y fuente extranjera, con el objeto de agilizar su notificacion; Que tambien es preciso regular la forma y el plazo en el cual los donantes declararan las donaciones que efectuen de acuerdo a lo senalado en el numeral 1.4 del inciso s) del articulo 21° e inciso b) del articulo 28°-B del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF; Al MORDAZA del articulo 79° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta; el articulo 17° del TUO de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasion y para la Formalizacion de la Economia; el articulo 9° del Reglamento de la Ley Nº 28194; el articulo 6° del Reglamento de la Garantia de Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; los articulos 29° y 88° e inciso b) del articulo 104° del Codigo Tributario; el numeral 1.4 del inciso s) del articulo 21° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta; el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501; el articulo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; y, el inciso o) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT. SE RESUELVE:

El Peruano Lunes 29 de diciembre de 2014

: A los senalados en el articulo 5° de la Ley del ITF, asi como a los autorizados por decreto supremo. k) NPS : Al numero de pago SUNAT a que se refiere el inciso e) del articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT, que dicta medidas para facilitar el pago de la deuda tributaria a traves de SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados utilizando el NPS. l) PDT : Al Programa de Declaracion Telematica, que es el medio informatico desarrollado por la SUNAT para elaborar declaraciones. m) Reglamento : Al Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF. n) SUNAT : Al sistema informatico disponible en la Internet, Operaciones que permite realizar operaciones en forma en Linea telematica, entre el usuario y la SUNAT. o) SUNAT : Al MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya Virtual direccion es http://www.sunat.gob.pe.
Cuando se mencionen articulos sin indicar la MORDAZA a la que corresponden, se entenderan referidos a la presente resolucion. Asimismo, cuando se haga mencion a un numeral sin indicar el articulo al cual corresponde se entendera referido al articulo en el que se encuentra.

j)

Medios de Pago

CAPITULO II CAPITULO I DECLARACION Y PAGO DEL IMPUESTO Y DEL ITF
Articulo 2°.- APROBACION DE FORMULARIOS Apruebanse los siguientes formularios virtuales: a. Formulario Virtual Nº 691 ­ Renta Anual 2014 ­ Persona Natural (rentas de primera categoria, rentas de MORDAZA categoria originadas en la enajenacion de los bienes a que se refiere el inciso a) del articulo 2° de la Ley, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera). b. PDT Nº 692: Renta Anual 2014 ­ Tercera Categoria e ITF. El PDT Nº 692 estara a disposicion de los deudores tributarios en SUNAT Virtual a partir del 5 de enero de 2015. El Formulario Virtual Nº 691 ­ Renta Anual 2014 ­ Persona Natural estara disponible en SUNAT Virtual a partir del 16 de febrero de 2015. Articulo 3°.- SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACION 3.1 Se encuentran obligados a presentar la Declaracion por el ejercicio gravable 2014 los siguientes sujetos: a. Los que hubieran generado rentas o perdidas de tercera categoria como contribuyentes del Regimen General del Impuesto. b. Los que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoria, siempre que por dicho ejercicio se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones: i. Determinen un saldo a favor del fisco en las casillas 161 (rentas de primera categoria) y/o 362 (rentas de MORDAZA y/o rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a aquellas) y/o 142 (rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a estas) del Formulario Virtual Nº 691 ­ Renta Anual 2014 ­ Persona Natural. ii. Arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el Impuesto, y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoria durante el ejercicio gravable 2014. iii. Hayan obtenido o percibido en el ejercicio un monto superior a S/. 25 000 (veinticinco mil y 00/100 Nuevos Soles) respecto de rentas de primera categoria; o, rentas de MORDAZA categoria y/o rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a aquellas; o, rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a estas. A tal efecto, tratandose de:

ASPECTOS PRELIMINARES
Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente resolucion se entendera por:

a) Banco(s) : A la(s) entidad(es) bancaria(s) a que se refiere Habilitado(s) el inciso f) del articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT, que dicta medidas para facilitar el pago de la deuda tributaria a traves de SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados utilizando el NPS. b) Clave SOL : Al texto conformado por numeros y letras, de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al Codigo de Usuario otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Linea. c) Codigo de : Al texto conformado por numeros y letras, que Usuario permite identificar al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Linea. d) Declaracion : A la declaracion jurada anual del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio gravable 2014 y a la declaracion jurada anual del impuesto a las transacciones financieras que grava las operaciones a que se refiere el inciso g) del articulo 9° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasion y para la Formalizacion de la Economia. e) Importe a : Al monto consignado en las casillas del pagar formulario virtual a que se refiere el inciso a. del articulo 2° de la presente resolucion, denominada Importe a pagar. f) Impuesto : Al impuesto a la renta. g) ITF : Al impuesto a las transacciones financieras que grava las operaciones a que se refiere el inciso g) del articulo 9° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasion y para la Formalizacion de la Economia. h) Ley : Al Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004-EF. i) Ley del ITF : Al Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasion y para la Formalizacion de la Economia, aprobado por Decreto Supremo Nº 150-2007-EF.

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