Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2014 (29/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 29 de diciembre de 2014

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MOF-OIP-03/01 MOF-OAD-01/01 MOF-OAD-02/01 MOF-OAD-03/01 MOF-OAD-04/01 MOF-ORH-01/01 MOF-ORH-02/01 MOF-ORH-03/01 MOF-OTI-01/02 MOF-OTI-02/01 MOF-OTI-03/02 MOF-OTI-04/01 MOF-DPR-01/01 MOF-DPR-02/01 MOF-DPR-03/01 MOF-DPR-04/01 MOF-DPR-05/01 MOF-DPE-01/01 MOF-DPE-02/01 MOF-DPE-03/01 MOF-DPE-04/01 MOF-DIN-01/01 MOF-DIN-02/01 MOF-DIN-03/01

Subtitulo III Titulo IX: Subtitulo I Subtitulo II Subtitulo III Subtitulo IV Titulo X: Subtitulo I Subtitulo II Subtitulo III Titulo XI: Subtitulo I Subtitulo II Subtitulo III Subtitulo IV Titulo XII Subtitulo I Subtitulo II Subtitulo III Subtitulo IV Subtitulo V Titulo XIII: Subtitulo I Subtitulo II Subtitulo III Subtitulo IV Titulo XIV: Subtitulo I Subtitulo II Subtitulo III

Equipo de Trabajo de Politicas Generales de Gestion Organizacion y funciones de la Oficina de Administracion Oficina de Administracion Equipo de Trabajo de Tesoreria Equipo de Trabajo de Contabilidad Equipo de Trabajo de Logistica Organizacion y funciones de la Oficina de Recursos Humanos Oficina de Recursos Humanos Equipo de Trabajo de Desarrollo Profesional Equipo de Trabajo de Relaciones Laborales Organizacion y funciones de la Oficina de Tecnologias de la Informacion Oficina de Tecnologias de la Informacion Equipo de Trabajo de Innovacion y Desarrollo Equipo de Trabajo de Administracion de Plataformas y Redes Equipo de Trabajo de Desarrollo de Soluciones TI Organizacion y funciones de la Direccion de Produccion Direccion de Produccion Equipo de Trabajo de Programacion y Control de la Produccion Equipo de Trabajo de Gestion de Afiliados Equipo de Trabajo de Gestion de Derechos Equipo de Trabajo de Inspeccion y Fiscalizacion Organizacion y funciones de la Direccion de Prestaciones Direccion de Prestaciones Equipo de Trabajo de Oficinas Departamentales Equipo de Trabajo de Atencion al Asegurado Equipo de Trabajo de Pago de Prestaciones Organizacion y funciones de la Direccion de Inversiones Direccion de Inversiones Equipo de Trabajo de Inversiones Financieras Equipo de Trabajo de Inversiones Inmobiliarias

1182212-1
con la MORDAZA de la declaracion jurada anual del impuesto a la renta; Que el MORDAZA parrafo del articulo 17° del TUO de la Ley Nº 28194 establece que la declaracion y pago del impuesto a las transacciones financieras MORDAZA senalado se realizara en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT; Que por otra parte, el articulo 88° del Codigo Tributario, faculta a la administracion tributaria a establecer para determinados deudores la obligacion de presentar la declaracion tributaria por medios magneticos, transferencia electronica, entre otros, en las condiciones que se senalen para ello; Que el articulo 29° del mencionado cuerpo normativo indica que el pago se efectuara en la forma que senala la ley, o en su defecto, el reglamento, y a falta de estos, la resolucion de la administracion tributaria; asi como faculta a la administracion tributaria a establecer para determinados deudores la obligacion de realizar el pago utilizando, entre otros mecanismos, el pago mediante debito en cuenta corriente o de ahorros, siempre que se hubiera realizado la acreditacion en las cuentas que esta establezca, en las condiciones que senale para ello; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 109-2000/ SUNAT regula la forma y condiciones en que los deudores tributarios podran realizar diversas operaciones a traves de Internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en Linea; la Resolucion de Superintendencia Nº 129-2002/ SUNAT establece, entre otros, las causales de rechazo de los formularios virtuales generados por los Programas de Declaracion Telematica (PDT); la Resolucion de Superintendencia Nº 038-2010/SUNAT dicta medidas para facilitar el pago de la deuda tributaria a traves de SUNAT Virtual o en los bancos habilitados utilizando el numero de pago SUNAT ­ NPS; y, la Resolucion de Superintendencia Nº 093-2012/SUNAT aprueba normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectuen el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual o en los bancos habilitados utilizando el NPS; Que estando a lo senalado resulta necesario establecer los medios, condiciones, forma, plazos y lugares para la MORDAZA de la declaracion jurada anual del impuesto a la renta y del impuesto a las transacciones financieras correspondiente al ejercicio gravable 2014; asi como establecer para determinados deudores la opcion de realizar el pago del impuesto a la renta en los bancos habilitados utilizando el NPS, entre otros;

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban disposiciones y formularios para la declaracion jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2014
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 380-2014/SUNAT
MORDAZA, 24 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que segun el articulo 79º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, los contribuyentes del impuesto que obtengan rentas computables para los efectos de esta ley, deberan presentar declaracion jurada de la renta obtenida en el ejercicio gravable en los medios, condiciones, forma, plazos y lugares que determine la SUNAT, facultando a esta a exceptuar de tal obligacion en los casos que estime conveniente, a efecto de garantizar una mejor administracion o recaudacion del impuesto; Que el articulo 6° del Reglamento de la Garantia de Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 32-95-EF, establece, entre otros, que los formularios de declaracion y pago del impuesto a la renta seran determinados por la SUNAT; Que de otro lado, el articulo 9° del Reglamento de la Ley Nº 28194, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472004-EF, dispone que la MORDAZA de la declaracion y el pago del impuesto a las transacciones financieras a que se refiere el inciso g) del articulo 9° del TUO de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasion y para la Formalizacion de la Economia, aprobado por el Decreto Supremo Nº 150-2007-EF, se efectue conjuntamente

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