Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2014 (30/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014

542011
a otorgar un incentivo anual por desempeno a sus trabajadores en funcion al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales vinculadas al incremento de la recaudacion, ampliacion de la base tributaria, reduccion del incumplimiento tributario, reduccion del contrabando, facilitacion del comercio exterior, facilitacion del cumplimiento tributario y mejora del servicio, entre otros; Que mediante Resolucion de Superintendencia N.º 341-2014/SUNAT se aprobaron las disposiciones reglamentarias para la aplicacion del incentivo por desempeno de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regimenes laborales previstos en los Decretos Legislativos N.os 728 y 276 para el ano 2014; Que de conformidad con lo senalado en el Informe N.º 442014-SUNAT/8A0100 emitido por la Oficina de Planificacion y Organizacion de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se ha considerado conveniente modificar el MORDAZA parrafo del numeral 4.2 del Anexo de la citada Resolucion de Superintendencia a fin de indicar que, para efectos de la aplicacion del componente por desempeno de equipo, tratandose de trabajadores asignados a la Superintendencia Nacional o al Gabinete de Asesores, sera el Superintendente Nacional quien efectuara la asociacion del organo, programa de cambio o proyecto mas afin a las funciones que realiza el referido trabajador, mientras que sera el Superintendente Nacional Adjunto correspondiente quien efectuara dicha asociacion tratandose de trabajadores asignados a las Superintendencias Nacionales Adjuntas; En uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley N.º 29816 y en los incisos g) y s) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N.º 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE:

impuesto a la renta, respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria; Que resulta conveniente prorrogar la mencionada exclusion temporal de los alcances del regimen de retenciones del impuesto a la renta MORDAZA referido; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que unicamente se amplia la vigencia de una medida ya existente; En uso de las facultades conferidas por el inciso f) del articulo 71º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta; el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias; el articulo 5º de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y MORDAZA modificatoria; y el inciso o) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 122-2014-SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- SUSTITUCION DE LA MORDAZA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N.º 124-2013/ SUNAT Sustituyase la MORDAZA disposicion complementaria final de la Resolucion de Superintendencia N.º 124-2013/ SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto: "Segunda.- APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 2º DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 234-2005/SUNAT Lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 234-2005/SUNAT modificado por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 028-2013/SUNAT, 069-2013/SUNAT y 124-2013/SUNAT, se encontrara vigente hasta el 30 de junio de 2015. A partir del 1 de MORDAZA de 2015, el regimen de retenciones del impuesto a la renta, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, sera de aplicacion respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria.". DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Modificar el MORDAZA parrafo del numeral 4.2 del Anexo de la Resolucion de Superintendencia N.º 341-2014/SUNAT, en los terminos siguientes: "4.2. (...) En el caso del trabajador asignado a la Superintendencia Nacional o al Gabinete de Asesores, este sera asociado por el Superintendente Nacional al organo, programa de cambio o proyecto mas afin a las funciones que realiza aquel, para efectos de la aplicacion de este componente. En el caso del trabajador asignado a alguna de las Superintendencias Nacionales Adjuntas, dicha asociacion la efectuara el Superintendente Nacional Adjunto correspondiente. (...)" Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional (www.sunat.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 1182735-3

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 1182735-4

Aprueban modificacion del Anexo de la Res. Nº 341-2014/SUNAT que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicacion del incentivo por desempeno de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regimenes laborales previstos en los Decretos Legislativos Nºs. 728 y 276 para el ano 2014
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 385-2014/SUNAT MORDAZA, 26 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que el articulo 11º de la Ley N.º 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, faculta a la SUNAT

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncias de Juez de Paz Letrado Titular de Canete y de Juez del 10º Juzgado Penal Unipersonal de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 119-2014-P-CE-PJ MORDAZA, 23 de diciembre de 2014

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