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El Peruano Viernes 10 de enero de 2014 513976 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura; Que, con Decreto Legislativo Nº 997, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, entre otros, en lo referente a su denominación a Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, así como a su estructura orgánica, comprendiendo en el artículo 14 inciso d) de la precitada Ley, al SERFOR; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SERFOR, establece que el proceso de fusión por absorción dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, referido a la fusión de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego al SERFOR; concluirá en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la citada norma reglamentaria; Que, la complejidad del proceso de fusión por absorción de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego al SERFOR, así como el proceso de implementación de este último, han originado la necesidad de señalar un nuevo plazo para el desarrollo y culminación del citado proceso de fusión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 30048 que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Disposición de nuevo plazo para la fusión por absorción de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR Disponer un nuevo plazo para el desarrollo y culminación del proceso de fusión por absorción dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el mismo que tendrá una duración no mayor a ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma y podrá ser prorrogado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, para lo cual deberá contar con la opinión previa favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 1036281-1 Designan Jefe de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 006-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 9 de enero de 2014 VISTA: La carta S/N de fecha 09 de enero de 2014, presentada por la Abogada Aura Elisa Quiñones Li; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 129-2013-MINAGRI-AGRO RURAL-DE, se designó a la Abogada Aura Elisa Quiñones Li como Jefa de la Ofi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar y designar a su reemplazante; Que, asimismo, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 237-2013-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE, se designó al Señor César Eduardo Poggi Ponce como Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, por necesidad del servicio, se ha visto pertinente dar por concluida la designación antes mencionada; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia formulada por la Abogada AURA ELISA QUIÑONES LI al cargo de Jefa de la Ofi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Señor CESAR EDUARDO POGGI PONCE, como Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- DESIGNAR al Señor CESAR EDUARDO POGGI PONCE, como Jefe de la Ofi cina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www. agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE ÑAPURÍ Director Ejecutivo (e) Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1036273-1