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El Peruano Viernes 10 de enero de 2014 513990 y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a efectos de su desembolso. Artículo 8º.- Supervisión y evaluación La SUNAT, mediante Resolución de Superintendencia, conformará una Comisión de Supervisión de los Actos de Disposición, que tendrá a su cargo la supervisión de la disposición de mercancías y evaluación periódica del resultado de las acciones implementadas. Artículo 9°.- Medidas de transparencia La SUNAT deberá publicar mensualmente en su portal institucional las resoluciones de adjudicación de mercancías dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al de su emisión. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de los bienes, las entidades públicas adjudicatarias deberán: a) Publicar en su portal institucional el destino de los bienes adjudicados. b) Enviar la información a que se refi ere el literal anterior a la Contraloría General de la República. La Contraloría General de la República, a través de los órganos de Control Institucional y en el marco del Sistema Nacional de Control, verifi ca de manera permanente el adecuado uso y destino de los bienes adjudicados. Artículo 10°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1036282-2 Autorizan viaje de consultor a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2014-EF Lima, 9 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DAE-DNE) N° 313 de fecha 16 de diciembre de 2013, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que la Primera reunión sustantiva del caso “Perú – Derecho Adicional sobre las importaciones de determinados productos agropecuarios” (DS457), se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, los días 14 y 15 de enero de 2014; adicionalmente durante los días 12 y 13 de enero de 2014 se sostendrán reuniones de coordinación con la representación peruana permanente ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los abogados de White & Case LLP; Que, el objetivo principal de la mencionada reunión es conocer los argumentos de las partes involucradas en el citado caso entablado ante la OMC, así como atender las preguntas del Grupo Especial encargado de examinar el proceso de solución de diferencias, lo cual repercutirá en el desarrollo y resultado de dicho proceso; Que, en ese sentido, teniendo en cuenta que en dichas reuniones se tocarán temas de política arancelaria y aduanera, que se enmarcan dentro de las competencias de la Dirección General de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, se ha estimado conveniente que el señor Franco Maldonado Carlín, consultor de la referida Dirección General, participe en dichas reuniones a fi n que pueda aportar información necesaria sobre los elementos de la política antes señalada que contribuya a la defensa de los intereses nacionales; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece, respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, que para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como en la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País y su modifi catoria, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 331-2013-EF/43; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Franco Maldonado Carlín, consultor de la Dirección General de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 10 al 16 de enero de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 2 614,38 Viáticos (4 + 2 días) : US $ 3 240,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado consultor deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del consultor cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1036282-3