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El Peruano Viernes 10 de enero de 2014 513981 Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependen funcional, administrativa y orgánicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su modifi catoria, la Ley N° 29890, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2014. SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que el señor PABLO FERNANDO MOREY CHECA, Consejero Económico Comercial del Perú en el Exterior, desempeñe funciones en la Ofi cina Comercial del Perú en el Reino de Marruecos, con sede en Rabat. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1036275-12 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2014-MINCETUR Lima, 9 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 19 del artículo 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, modifi cado mediante Ley N° 29890, establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es competente para nombrar, mediante Resolución Ministerial, a los consejeros y agregados económicos comerciales de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; Que, mediante Resolución Suprema N° 393-2011- RE, se formaliza, la creación entre otras de la Ofi cina Comercial del Perú en París, República Francesa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 355-2013- MINCETUR, de fecha 31 de diciembre de 2013, se designó entre otros, al señor Aldo Alfredo Parodi Revoredo como Consejero Económico Comercial del Perú en el Exterior, cargo considerado de confi anza; debiéndose de determinar la sede de prestación del servicio; Que, la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, dispone que a partir del Año Fiscal 2014, las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependen funcional, administrativa y orgánicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su modifi catoria, la Ley N° 29890, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2014. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer que el señor ALDO ALFREDO PARODI REVOREDO, Consejero Económico Comercial del Perú en el Exterior, desempeñe funciones en la Ofi cina REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN