Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2014 (18/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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El Peruano Sabado 18 de enero de 2014

VIVIENDA
Modifican conformacion del Comite de Inversion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2014-VIVIENDA MORDAZA, 17 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, considera como un objetivo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento fomentar la iniciativa e inversion privada y la participacion de las organizaciones de la sociedad civil, en la expansion de la cobertura de la infraestructura economica, social y equipamiento de los centros de poblacion y areas de influencia. Que, el literal h) del Articulo 8 de la precitada MORDAZA dispone que es funcion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento promover la participacion del sector privado, en el ambito de su competencia, para el desarrollo de la construccion de infraestructura, saneamiento y para la atencion de requerimientos habitacionales; Que, el Decreto Legislativo Nº 1012, que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico-Privadas para la Generacion de Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilizacion de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada, establece los principios, procesos y atribuciones del Sector Publico para la evaluacion, implementacion y operacion de infraestructura publica o la prestacion de servicios publicos, con participacion del sector privado, asi como el MORDAZA general aplicable a las iniciativas privadas; Que, el numeral 6.1 del articulo 6 del Decreto Legislativo Nº 1012, dispone que para el caso del Gobierno Nacional, los Organismos Promotores de la Inversion Privada - OPIP son la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, para los proyectos que se le asignen en funcion de su relevancia nacional y los Ministerios a traves de los Comites de Inversion que conformen; Que, conforme al numeral 9.7 del articulo 9 del Decreto Legislativo Nº 1012, la designacion de los Comites de Inversion por parte de los Ministerios se efectua mediante

Resolucion Suprema que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 028-2009VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de octubre del 2009, se crea el Comite de Inversion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con el objeto de llevar a cabo procesos de promocion de inversion privada y evaluacion de iniciativas privadas de proyectos de obras publicas y servicios publicos, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1012, designandose a sus miembros; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 030-2009VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de diciembre de 2009 se modifica la Resolucion Suprema Nº 028-2009-VIVIENDA, en lo que respecta a la conformacion del Comite de Inversion; Que, resulta necesario designar a los nuevos miembros que integraran el referido Comite de Inversion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificacion de la conformacion del Comite de Inversion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento Modifiquese la conformacion del Comite de Inversion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a que se refieren las Resoluciones Supremas N° 028-2009VIVIENDA y 030-2009-VIVIENDA, el mismo que quedara conformado por los siguientes integrantes: - Senorita Aouda Annel Del MORDAZA MORDAZA, quien lo presidira. - Senorita MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sara. - Senor MORDAZA MORDAZA Tagle Pizarro. Articulo 2.- Instalacion del Comite de Inversion El Comite de Inversion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento debera instalarse en un plazo que no excedera los diez (10) dias habiles posteriores a la publicacion de la presente norma. Articulo 3.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1039798-12

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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