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El Peruano Sábado 18 de enero de 2014 514616 al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el artículo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar del 18 al 26 de enero de 2014, el viaje de la Abogada Paola Jussieu Salas Aranda, profesional de la Dirección General de Salud Ambiental, a la ciudad de Ankara, República de Turquía, para que participe en representación del Ministerio de Salud, en la Primera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Perú y Turquía, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada profesional serán cubiertos con cargo al Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes-tarifa económicos (incluido TUUA) : US$ 4,240.19 - Viáticos (para 05 días) : US$ 2,700.00 ------------------ TOTAL : US$ 6,940.19 Artículo 3º.- Disponer que la citada profesional, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno, presente al Titular de la Entidad con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1039170-3 Delegan en el Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio la facultad de designar a los titulares y suplentes responsables de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 011: Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 027-2014/MINSA Lima, 15 de enero del 2014 Visto, el expediente N° 14-002498-001, que contiene el Informe N° 001-2014-T-OE-OGA/MINSA emitido por la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración, y el Memorando N° 094-2014-OGA/ MINSA, emitido por la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1161, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, cuya fi nalidad es determinar y regular el ámbito de competencia del Ministerio de Salud; así como sus relaciones de articulación y coordinación con otras entidades; Que, el literal e) del artículo 10° del citado Decreto Legislativo señala que el Ministro de Salud puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, la primera Disposición Complementaria Transitoria del citado Decreto Legislativo señala que en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, continuará vigente el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005- SA, y sus modifi catorias; Que, el artículo 25° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y modifi catorias, señala que la Ofi cina General de Administración es el órgano responsable de los Sistemas de Logística, Contabilidad y Tesorería del Ministerio de Salud – Administración Central; Que, el literal e) del artículo 26° del precitado Reglamento, precisa que la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración tiene entre sus funciones gestionar la apertura de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 42° de la Directiva de Tesorería N° 001- 2007-EF/77.15, aprobada mediante Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15, establece que la administración de los fondos debe efectuarse en la Tesorería u ofi cina que haga sus veces y su manejo debe realizarse a través de cuentas bancarias autorizadas por la Dirección Nacional del Tesoro Público; Que, el numeral 50.1 del artículo 50° de la citada Directiva de Tesorería, dispone que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, a efectos de lograr una mejor operatividad de las acciones administrativas el Ministerio de Salud, resulta conveniente delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración la facultad de designar a los titulares y suplentes responsables de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego 011: Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, la facultad de designar a los titulares y suplentes responsables de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 011: Ministerio de Salud. Artículo 2°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1039170-4 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2014/MINSA Lima, 15 de enero del 2014 Visto, el Expediente N° 13-133057-001, que contienen el Ofi cio N° 2306-DE-OPE-HCLLH-13, que contiene a su vez el Informe N° 001/12-OPE-HCLLH-2013 emitido por la Ofi cina de Planeamiento Estratégico del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, así como el Informe N° 011- 2014-OGPP-OO/MINSA-OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina