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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (02/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Domingo 2 de febrero de 2014 516002 Constitucional del 7 de marzo del 2002, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 029-2013/MDV de 25 de octubre de 2013 se aprobó el benefi cio tributario que condona y/o exonera deudas de arbitrios a los contribuyentes del distrito de Ventanilla que brindan un servicio de apoyo y asistencia social a los sectores más vulnerables de la población, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, conforme se establece en el artículo 6º de la citada norma; Que, la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la norma acotada, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue su vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación: Que, mediante Informe Nº 55-2013/MDV-GRM de 24 de diciembre de 2013, la Gerencia de Rentas Municipales, indica que luego de la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 029-2013/MDV los sujetos benefi ciarios de la norma han venido presentando sus solicitudes para la condonación y/o exoneración de los arbitrios municipales; sin embargo al existir un número considerable de contribuyentes que potencialmente pueden acogerse al referido benefi cio, y siendo que el otorgamiento de este benefi cio implica el inicio de un procedimiento administrativo con la correspondiente presentación de documentos y/o requisitos, es de opinión que se prorrogue su vigencia por un año, hasta el 31 de diciembre de 2014. Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 029-2013/MDV de 25 de octubre de 2013 que condona y/o exonera deudas de arbitrios a los contribuyentes del distrito de Ventanilla que brindan un servicio de apoyo y asistencia social a los sectores más vulnerables de la población, hasta el 31 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas Municipales y a las Subgerencias dependientes de dicha unidad orgánica, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1045076-4 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan viaje de Regidora a República Dominicana, en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 0147-2013-MPC Cusco, 19 de diciembre de 2013. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Carta suscrita por Carlos Vogeler, Director Regional para las Américas de la Organización Mundial de Turismo, extiende la invitación a la señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola, a participar en el Seminario Internacional sobre Gestión de los Destinos Turísticos del Patrimonio Cultural, organizado por el Ministerio de Turismo y la Organización Mundial del Turismo, a realizarse los días 17 y 18 de febrero de 2014, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que, mediante Carta Nº 098 – 2013 – SR II / MPC, suscrita por la señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola, informa que ha recibido la invitación de la Organización Mundial de Turismo, a participar en el Seminario Internacional sobre Gestión de los Destinos Turísticos del Patrimonio Cultural, a realizarse los días 17 y 18 de febrero de 2014, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que, asimismo, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobó por MAYORIA, en la sesión de la fecha, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: ACORDO: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el Seminario Internacional sobre Gestión de los Destinos Turísticos del Patrimonio Cultural, organizado por el Ministerio de Turismo y la Organización Mundial del Turismo, a realizarse los días 17 y 18 de febrero de 2014, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación de la señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola, en el evento referido en el artículo anterior, para lo cual deberá otorgársele: - Pasajes aéreos nacionales Cusco – Lima – Cusco, US$ 167.68 - Viáticos nacionales por dos días, S/. 640.00 y - Viáticos internacionales por cuatro días, US$ 1,260.00. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos de pasajes aéreos internacionales así como los de alojamiento, durante los días del evento de la señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola, serán cubiertos íntegramente por los organizadores. Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, la señora Regidora Silvia Uscamaita Otárola, deberá emitir un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS ARTURO FLOREZ GARCIA Alcalde 1045062-1