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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (06/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Jueves 6 de febrero de 2014 516276 Oficial El Peruano; y, a la Subgerencia de Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la entidad (www.munibellavista.gob.pe), conforme a ley. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1046256-1 MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Disponen la erradicación del comercio ambulatorio de venta de pescado en las cuadras 2 y 3 de la Av. José Santos Chocano DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2014-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 30 de enero de 2014 EL ALCALDE DEL GOBIERNO LOCAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: La Ordenanza Nº 009-96, de fecha 29 de noviembre 1996, mediante el cual se aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso. CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto, se aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio de la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso, determinándose en su artículo 13 que mediante Decreto de Alcaldía se determinarán las áreas reguladas de comercio ambulatorio. Que, con fecha 04 de octubre del 2012, mediante Ofi cio Nº 797-2012-DP/PD-CALLAO, la Defensoría del Pueblo acoge el pedido de los ciudadanos Williams Napoleón Gallardo Calla y Luz Marina Álvarez Espinoza, por afectación del derecho a gozar de un ambiente adecuado y equilibrado para el desarrollo de la vida, debido a contaminación por residuos sólidos y contaminación sonora, señalando que: “(…) los recurrentes informan que en reiteradas ocasiones han presentado denuncias ante la comuna, debido a que todos los días en los alrededores del Mercado de Reynoso, un grupo de personas se dedica al armado de puestos para el expendio de pescado, dichas actividades se inicia a las 3.00 a.m., ocasionando fuertes ruidos, lo cual originan que los vecinos no puedan descansar (…). De igual forma los comerciantes de pescado suelen arrojar aguas residuales en la vía pública, así como existen grupos de comerciantes que después de la jornada laboral se ponen a tomar licor y miccionar las paredes y jardines de las viviendas, todo lo cual genera la contaminación del medio ambiente y favorece a la proliferación de vectores, poniendo en grave riesgo la salud de los vecinos (…) No obstante lo previsto en la normatividad vigente de nuestro país, se ha evidenciado en el presente caso que se viene incumpliendo con la misma, ello debido a que se siguen efectuando las actividades que generan la disposición indebida de residuos sólidos y aguas residuales en la vía pública, asimismo, las actividades de armado de puestos, expendio de pescado se sigue efectuando de tal forma que se genera la contaminación sonora que afecta a los vecinos que viven en las zonas colindantes al Mercado de Reynoso. Por lo expuesto resulta imprescindible que la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, adopte las medidas que sea necesarias a fi n de prevenir la acumulación de residuos sólidos y agua residuales, así como evitar que se siga efectuando actividades que generen contaminación sonora (…)” Que, con fecha 07 de noviembre del 2012, el Ministerio Público, a través de la Fiscalía de Prevención del Delito y en Materia Ambiental – Callao, mediante Oficio Nº 713-2012-MP-FN-FEPDYMA-CALLAO, y a mérito de la denuncia de vecinos de la cuadra 2 de la Av. José Santos Chocano, de este distrito, “(…) han solicitado la erradicación del comercio ambulatorio en los alrededores del Mercado de Reynoso y además señalan que dicho comercio ambulatorio genera residuos sólidos que emiten olores nauseabundos y se almacenan en sus puertas desde la tarde (…), que el comercio de pescado es insalubre, que se genera ruidos por instalación en las madrugadas de los toldos y fierros que se arrojan al piso, habiendo formulado sus quejas ante el Municipio”. Por lo indicado, la Fiscalía en mención solicita informe sobre las acciones adoptadas y las medidas dispuestas. Que, la Sub Gerencia de Participación Vecinal mediante Informe Nº 0001-2014-SGPV-GSSC- MDCLR, comunica a la Sub Gerencia de Policía Municipal y Transportes, respecto a la queja de los vecinos domiciliados en las avenidas colindantes al Mercado Cooperativo Reynoso, quienes manifiestan que vienen soportando durante 47 años los malos olores y la sangre de pescado que dejan estos malos comerciantes, quienes en forma antihigiénica expenden dicho pescado, adjuntando 22 cartas de quejas de vecinos sobre el particular. Que, mediante Informe Nº 012-2014-SGPMyT- GSC/MDCLR, de fecha 13 de enero del 2014, la Sub Gerencia de Policía Municipal y Transportes, comunica a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, sobre la erradicación de la venta de pescado en la Zona 6 Fila B, ubicada en la cuadra 2 de la Av. José Santos Chocano, teniendo en consideración lo dispuesto en el Reglamento de Comercio Ambulatorio que señala entre otros: “Art. 8º No se otorgará o se anulará, en caso de haberse otorgado la autorización de trabajador autónomo Ambulante al comprobarse: Inc. h) La utilización de la autorización por persona que no sea titular. Inc. i) El traspaso, venta, alquiler de la credencial o puesto de trabajo. Inc. p) Sustraer fl uido eléctrico del sistema de energía público. Inc. q) Arrojar aguas servidas en la vía pública. Art. 24º Todos los trabajadores autónomos Ambulantes, deberá conservar de manera obligatoria: Inc. b) La buena conservación, presentación e higiene de su equipo de trabajo.” Que, la mencionada subgerencia adjunta un Acta de Reunión de los Directivos de la Cooperativa de Servicios Especiales Reynoso Ltda, presidida por la señora María Flores, conjuntamente con los señores del expendio de pescado, de fecha 05 de diciembre del 2013, mediante el cual se plantea una solución a la problemática del pescado, acondicionando puestos adecuados para la venta de pescado, en una buena infraestructura, expresando los comerciantes ambulantes su conformidad de formalizarse en el mercado cooperativo. Que, asimismo, en virtud de los antecedentes mencionados, la sub gerencia en mención ha convocado a reuniones con los comerciantes de la Zona 6, Fila B (sección pescado) del Mercado Informal Reynoso y, considerando la queja de los vecinos, solicita que la venta de pescado en la vía pública sea erradicada, por no cumplir con las normas exigidas. Que, mediante Memorándum Nº 031-2014-GSAyS/ MDCLR, de fecha 16 de enero del 2014, la Gerencia