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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (06/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Jueves 6 de febrero de 2014 516270 estratégica del Plan y la coordinación con las diferentes entidades, unidades orgánicas regionales, sectoriales y de la sociedad civil pertinentes, para el logro de la visión con la realización gradual de los objetivos y fi nes propuestos. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en los Portales Electrónicos del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 23 días del mes de diciembre del 2013. WALTER HUGO SÁNCHEZ FERNÁNDEZ. Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 14 días del mes de enero del 2014. JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente 1046591-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban el Plan Regional de Empleo Juvenil 2014 - 2016 ORDENANZA REGIONAL Nº 283-2014/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modifi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 032-2013/GRP-430000 del 09 de setiembre de 2013, Gerencia Regional de Desarrollo Social remite el Plan Regional de Empleo Juvenil de la Región Piura 2013 – 2016; con Informe Nº 115-2013/GRP- 410000 del 31 de octubre de 2013, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión técnica respecto al Plan Regional de Empleo Juvenil; Que, con Informe Nº 002-2013/GRP-430400 del 11 de diciembre de 2013, el Consejo Regional de la Juventud – COREJU emite informe sobre la propuesta presentada, alcanzando recomendaciones para continuar con el proceso de aprobación del Plan Regional de Empleo Juvenil 2014 – 2016; con Informe Nº 2797-2013/GRP- 460000 del 19 de diciembre de 2013, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre esta propuesta; y con Informe Nº 001-2014-ACCR del 09 de enero de 2014, Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, recomienda la aprobación del Plan Regional de Empleo Juvenil 2014 – 2016; Que, El Plan Regional de Empleo Juvenil 2014-2016, fue elaborado por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de la Región Piura en el primer semestre del año 2013, habiéndose puesto en conocimiento del Consejo Regional de Trabajo y Promoción de Empleo, como órgano consultivo en la materia, el cual mediante Acta de la sesión Nº 19 del año 2013 hace suya dicha propuesta; presenta de modo analítico un diagnóstico situacional del empleo juvenil en la Región Piura, y una matriz que contiene el objetivo general, objetivos específi cos, resultado, productos e indicadores, así como las principales estrategias a desarrollar y los actores responsables de su ejecución; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 01 - 2014, de fecha 15 de enero del 2014, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE EMPLEO JUVENIL 2014 - 2016 Artículo Primero.- Aprobar el “Plan Regional de Empleo Juvenil 2014 - 2016”, como un instrumento de planeamiento regional, alineado con el Plan Regional de Desarrollo Concertado y Plan Estratégico Institucional 2013-2016, y que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, disponga a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los quince días del mes de enero del año dos mil catorce. VANESSA PERICHE BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veinte días del mes de enero del año dos mil catorce. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 1046501-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Designan funcionarios como Analista Auxiliar Coactivo I y Analista Auxiliar Coactivo III SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00003286 Lima, 14 de enero de 2014