TEXTO PAGINA: 53
El Peruano Jueves 6 de febrero de 2014 516271 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto N.º 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria – SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y el inciso e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.º 1698, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 5 de mayo de 2013, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la Entidad, así como la facultad de nombrar, contratar, suspender, remover con arreglo a ley, a los funcionarios y servidores del SAT. Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 7.1 del Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N.º 018-2008-JUS, la designación del Ejecutor como la del Auxiliar Coactivo se realizará mediante concurso público de méritos. Que, mediante Resolución Jefatural N.º 001-004- 00003245 de fecha 26 de noviembre de 2013, se autorizó la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para cubrir 115 plazas vacantes de la entidad, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728. Que, a través del Memorando N.º 187-092-00014540, recibido el 14 de enero de 2014, la Gerencia de Recursos Humanos comunica que los señores Augusto Céspedes Laínez, Edwin Augusto Ipanaqué Gonzales y Sharmelie Pantia Ninantay, han resultado ganadores del citado Concurso Público de Méritos para ocupar el cargo de Analista Auxiliar Coactivo I y el señor Elmer Aurelio Barturen Domínguez ha resultado ganador para ocupar la plaza de Analista Auxiliar Coactivo III del SAT; por lo que solicita la emisión de la Resolución Jefatural que los designe en los cargos referidos, con efectividad desde el 2 de enero de 2014. Estando a lo dispuesto por artículo 12 y el inciso e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por la Ordenanza N.° 1698. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, en vía de regularización, a los siguientes funcionarios como Analista Auxiliar Coactivo I, con efectividad desde el 2 de enero de 2014: - Augusto Céspedes Laínez - Edwin Augusto Ipanaqué Gonzales - Sharmelie Pantia Ninantay Artículo Segundo.- Designar, en vía de regularización, al señor Elmer Aurelio Barturen Domínguez como Analista Auxiliar Coactivo III, con efectividad desde el 2 de enero de 2014. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1046235-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Convocan a elecciones de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital -CCLD- de La Victoria, para el período 2014 - 2016 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2014/MLV La Victoria, 28 de enero de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Informe Nº 001-2014-SGPV-GDS/ MDLV del 14 de enero de 2014 de la Subgerencia de Participación Vecinal; el Informe Nº 013-2014-GDS/MDLV del 22 de enero de 2014 de la Gerencia de Desarrollo Social; el proveído Nº 185-2014-GM-MLV del 23 de enero de 2014 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 032- 2014-GAJ/MDLV del 24 de enero de 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 197º de la Constitución Política del Perú las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, lo cual guarda correspondencia con lo señalado en el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – que establece que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, teniendo como principios la participación ciudadana a través de sus organizaciones vecinales; Que, el artículo 111º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – señala que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia; Que, la citada norma estipula en su artículo 102º que el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD – es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, el cual es integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, los regidores y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que señala la misma Ley. Asimismo, señala que la proporción de los representantes de la sociedad civil será del 40% de la totalidad de su miembros, precisando además que los mismos son elegidos democráticamente, por un período de 2 (dos) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 216-2012- ALC/MLV de fecha 16 de mayo de 2012 se reconoció a los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD – de La Victoria, elegidos en el proceso electoral realizado el 21 de abril de 2012, conforme a ley; Que, de lo expuesto se observa que se encuentra próximo el vencimiento de la vigencia de la elección y designación de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD, por lo que resulta necesario convocar al proceso electoral respectivo de conformidad a lo establecido la Ordenanza Nº 035-2007/MDLV publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 11 de enero del 2008, la cual en su artículo 22º señala que la convocatoria para dichas elecciones la realizará el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía; Estando a los fundamentos expuestos, a las normas legales glosadas y a los documentos de vistos, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a elecciones de los cinco (5) representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD – de La Victoria para el período 2014 al 2016, a llevarse a cabo el 26 de abril de 2014 desde las 09:00 a.m. hasta las 11:00 a.m., en el local de la Gerencia de Desarrollo Social, sito en Sebastián Barranca Nº 290 - La Victoria. Artículo Segundo.- Aprobar el cronograma ofi cial del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil que se detalla a continuación: