Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2014 (10/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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agraria es Promover, gestionar y administrar el MORDAZA de saneamiento fisico-legal de la propiedad agraria, con la participacion de actores involucrados, cautelando el caracter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas; Que, en merito a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 056-2010-PCM, transfieren a favor de los Gobiernos Regionales la funcion de formalizacion y titulacion de predios rusticos de tierras eriazas habilitados al 31 de diciembre de 2004, asi como la reversion de predios rusticos adjudicados a titulo oneroso por el Estado, ocupados por asentamientos humanos; Que, el Decreto Supremo N° 40-2010-PCM, Reglamento para la transferencia de recursos humanos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y gobiernos locales, en el articulo 4° dispone el procedimiento para la transferencia de personas al servicio del Estado y en el numeral 4.3 senala el personal al servicio del Estado transferido conserva su regimen laboral o estatutario, asi como los derechos y obligaciones segun el regimen al que estaba sujeto en el gobierno nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica, y en el articulo 29° (del Informe Tecnico Sustentatorio), establece que "La aprobacion del ROF debera ampararse en un Informe Tecnico Sustentatorio...". El articulo 34° (De la aprobacion del ROF), prescribe que la aprobacion del ROF de las entidades para el caso de Gobiernos Regionales se realizara mediante Ordenanza Regional. Y en el articulo 35° (De la publicacion de ROF). Senala que "Las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades provinciales deberan cumplir con publicar el dispositivo legal aprobatorio, el texto integro de su ROF y el organigrama institucional en el Diario Oficial El Peruano. La publicacion del ROF debera realizarse tambien en el MORDAZA electronico de las entidades dentro de los 5 dias calendarios siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica..."; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 019-2010GRCAJ-CR, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Agricultura MORDAZA, el mismo que en su articulo 24° establece que La Direccion de Titulacion de Tierras y Catastro Rural es la unidad organica encargada de realizar el saneamiento fisico legal de la propiedad agraria, mantener la informacion catastral rural actualizada, proporcionar la seguridad juridica a los propietarios de predios rurales y generar las condiciones basicas para el desarrollo agil y transparente del MORDAZA de tierras de uso agrario, su acceso al credito formal y por ende el incremento de inversiones privadas del agro. Mantiene relacion de dependencia jerarquica y administrativa de la Direccion Regional de Agricultura; Que, de acuerdo a lo senalado en el considerando anterior, la Direccion de Titulacion de Tierras y Catastro Rural, es la competente para asumir las funciones transferidas y contenidas en el articulo 51° literal n de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, por ende resulta procedente que esta unidad organica asuma dichas funciones, debiendo suprimirse las funciones afines de otras unidades organicas, para evitar duplicidad. Ademas en las agencias agrarias se ha incorporado funciones de apoyo de Titulacion, con la finalidad de brindar un servicio mas agil y eficaz a los productores y pobladores de las zonas bajo su competencia; Que, mediante Dictamen N° 038-2013-GR.CAJ-CR/ COAJ- COP, evacuado por la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos y Planeamiento de fecha 04 de diciembre del ano 2013, se emite opinion favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional de aprobacion de "El ROF, de la Direccion Regional de Agricultura", proyecto remitido por el Presidente Regional Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 10 de enero del ano 2014;

El Peruano Lunes 10 de febrero de 2014

y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF de la: * Direccion Regional de Agricultura, en veintitres (23) folios. El mismo que consta de: MORDAZA, siete (7) titulos, treinta y cinco (35) articulos y el organigrama estructural correspondiente, que debidamente visados forman parte de la presente Ordenanza. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, brindar el apoyo y asistencia tecnica necesarios para la implementacion de las acciones a que diere lugar. Tercero.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion del ROF en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www. regioncajamarca.gob.pe), dentro de los 5 dias calendarios siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los diez dias del mes de enero del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1048016-1

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Direccion Regional de Agricultura
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2014-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en el articulo 191°, concordante con el articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal. Ademas, el articulo 192° dispone que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su

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