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El Peruano Lunes 10 de febrero de 2014 516549 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2014-MINCETUR Lima, 4 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, se llevará a cabo la Reunión de Negociación Plurilateral para un Acuerdo de Comercio de Servicios (TISA), del 17 al 24 de febrero de 2014; Que, dicho evento cuenta con la participación de 22 miembros de la Organización Mundial del Comercio – OMC, el mismo que ha suscitado una alta expectativa no sólo entre los participantes, sino también en la comunidad internacional, y abarcará la presentación y discusión de ofertas iniciales de servicios y la negociación de los siguientes temas: servicios de transporte marítimo, Modo 4 (modo de prestación de servicios a través del movimiento de personas físicas), servicios financieros, reglamentación doméstica y transparencia, servicios TIC (tecnologías de la información y comunicación) y comercio electrónico y servicios profesionales; Que, resulta conveniente la participación de un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR en dicha reunión, a fi n de contar con un acuerdo sobre comercio de servicios, para conseguir apertura o consolidación en sectores de servicios de interés para el Perú, como distribución, franquicias y restaurantes, y a fi n de no quedar rezagado en las condiciones de acceso a mercado, trato nacional y normas con respecto a otros países directamente competidores; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Diego Sebastián Llosa Velásquez, Coordinador OMC del Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe en la reunión antes mencionada en representación del MINCETUR; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Diego Sebastián Llosa Velásquez, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 15 al 25 de febrero de 2014, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la Reunión Negociación Plurilateral para un Acuerdo de Comercio de Servicios (TISA), a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 1 915,87 Viáticos (US$ 540,00 x 10 días) : US $ 5 400,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Llosa Velásquez presentará a la Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1046859-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Protocolo para la implementación de la canasta básica de raciones y productos y las Bases del Proceso de Compra de Canasta Básica de productos y raciones para la atención del Servicio de Alimentación Escolar 2014 del PNAE Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 0798-2014-MIDIS/PNAEQW Lima, 7 de febrero de 2014 VISTOS: El Informe Nº 0023-2014-MIDIS/PNAEQW-UP del 07 de febrero de 2014, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Prestaciones remite la propuesta de “Protocolo para la implementación de la canasta básica de raciones y productos para el PNAE Qali Warma” y las bases del proceso de compra de canasta básica de “productos” y “raciones” para la atención del Servicio de Alimentación Escolar 2014 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con la fi nalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, de acuerdo con lo establecido por la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios de los Programas, a fi n de alcanzar los objetivos a cargo de los mismos; Que, asimismo, la Ley Nº 29951 estableció que los comités u organizaciones referidos en el párrafo precedente, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2013- MIDIS se establecieron disposiciones generales para