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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (10/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Lunes 10 de febrero de 2014 516559 especifi cas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales. En el literal b, del acotado artículo se le atribuye las funciones de elaborar y aprobar las normas de alcance regional, de diseñar políticas, prioridades, estrategias, programas, proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización. El artículo 49°, son funciones de los gobiernos regionales, en materia de salud, entre otras: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; m) Poner a disposición de la población, información útil sobre la gestión del sector, así como de la oferta de infraestructura y servicios de salud; n) Promover la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos humanos y articular los servicios de salud en la docencia e investigación y proyección a la comunidad; o) Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región en materia sanitaria; Que, Ley N° 26842, Ley General de Salud el numeral XV del Título Preliminar, establece que el Estado promueve la investigación científi ca, tecnológica en el campo de la salud, así como la formación, capacitación y entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 220-2010/ MINSA del 25 de marzo del 2010, se aprobaron las Prioridades Nacionales de Investigación en Salud para el periodo 2010 - 2014, incluyendo como cuarta prioridad nacional las “Evaluaciones de impacto de estrategias e intervenciones actuales en mortalidad materna”; Que, uno de los principales problemas que afronta el departamento de Cajamarca, es la Mortalidad Materna, como se evidencia en los datos presentados por el Ministerio de Salud y la Dirección Regional de Salud y lo que se puede ver refl ejado en las 13 provincias de la Región Cajamarca, esta situación refl eja la necesidad de establecer mecanismos articulados de sistematización, monitoreo, investigación y evaluación de la situación en el nivel regional; Que, “la investigación en salud es la producción de conocimiento, y tiene por objeto el estudio de las condiciones de salud (en el nivel biológico, psicológico y social) de un individuo o población, y de las respuestas de la sociedad para mejorarlas”, por ende es el medio fundamental que contribuye a la prevención y tratamiento de los problemas sanitarios, a una mayor comprensión de los determinantes socioeconómicos, y al fortalecimiento del diseño e implementación de programas efi caces y efi cientes; Que, la Sub Gerencia de Asuntos Poblacionales de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, del Gobierno Regional Cajamarca, en coordinación con la Dirección de Epidemiología de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, promueve la participación de todos los actores involucrados en la elaboración del documento que contenga las Prioridades Regionales de Investigación en Mortalidad Materna; Que, el 04 de octubre del presente año, se desarrolló el Taller participativo “Agenda Temática de Investigación en Mortalidad Materna”, el mismo que contó con la participación de las autoridades de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el Director Regional de Salud, la Dirección de Calidad, Promoción de la Salud, Servicios, Salud de las Personas, Epidemiología, Directores de hospitales, Universidad Nacional y Particulares de las Facultades de Ciencias de la Salud, ONG, Es Salud, Directores y Jefes de Departamento de Gineco- Obstetricia, Investigación, Neonatología, Colegios profesionales, Investigadores en temas Relacionados a Mortalidad materna; Que, mediante Dictamen N° 040-2013-GR.CAJ-CR/ COAJ- CODESO, evacuado por la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Social de fecha 18 de diciembre del año 2013, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional para aprobar “La Agenda Temática”, proyecto remitido por el Presidente Regional Prof. Gregorio Santos Guerrero, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 10 de enero del año 2014; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR La Agenda Temática Regional de Investigación en Mortalidad Materna, la misma que consta siete de (07) folios. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y áreas competentes del Gobierno Regional Cajamarca la implementación y monitoreo, a fi n de dar cumplimiento a la Presente Ordenanza Regional. Tercero.- CONVOCAR a los Gobiernos Locales, según la normativa vigente, implementen y articulen sus acciones a fi n que la presente Ordenanza Regional sea incluida en sus planes de trabajo y en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación y difusión de la presente Ordenanza Regional con la respectiva “La Agenda Temática Regional de Investigación en Mortalidad Materna” en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano”. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los diez días del mes de enero del año dos mil catorce. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 1048016-4 Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2013 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 192-2013-GR-CAJ-DREM Cajamarca, 6 de diciembre de 2013 VISTOS, la relación de Títulos Mineros otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas de Cajamarca en el mes de Octubre del año 2013, conforme a lo informado por el Área Legal y Técnica; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial N° 046-2008- MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 02 de febrero de 2008, se declaró entre otros que el Gobierno Regional de Cajamarca concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional de Cajamarca a través de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos otorga Títulos de Concesión Minera para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM – TUO de la Ley General de Minería, se debe cumplir con publicar en