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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (19/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Miércoles 19 de febrero de 2014 517259 de la Sesión Ordinaria de Concejo de Parcona de fecha 10 de Diciembre de 2012, el formulario único de trámite N° 047376 recepcionado el 29 de Enero del 2014 con Número de expediente N° 0602 por parte de la Municipalidad Distrital de Parcona, la Sesión Ordinaria del 29 de Enero del 2014, ampliación de Memoria Descriptiva sustentativa de cambio de propuesta Zonifi cación de Predio San Camilo A-1 de fecha 29 de Enero del 2014 debidamente visada por la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Parcona debidamente suscrito por Juan Orlando de la Cruz Hernández - Área de Catastro e Ingeniero Cesar José Mustios Tuppia – Sub Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano, la Constancia N° 003-2014-JUASVI de la Junta de Usuarios de Agua Subterráneas del Valle de Ica otorgados a la Asociación de Agricultores de Ica con fecha 31 de Enero del 2014 y Contrato N° 181-000113 emitido por ELECTRODUNAS. Que, con Informe N° 076-14-VZGA-SGOPC-GDU-MPI el Área Técnica de Obras Privadas y Catastro, Concluye que conforme a lo normado en el Decreto Supremo N° 004-2011- VIVIENDA - Artículo 50; actualmente el expediente contempla lo especifi cado en el ítem 50.3 ya que los requisitos mínimos a considerar son: Copia Literal de Dominio expedida por el Registro de Predios, Documentos de los concesionarios de los servicios de agua, alcantarillado y energía eléctrica que acrediten la viabilidad del cambio de zonifi cación solicitado, en caso que la solicitud implique un incremento de dotación de estos servicios; adjuntando así la Constancia N° 003- 2014-JUASVI emitido por la Junta de Usuarios de Aguas Subterráneas del Valle de lca a favor de la Asociación de Agricultores de lca; la cual indica que el predio cuenta con 03 Pozos en estado utilizado y utilizable. Así mismo anexan el Contrato N° 181-000113 emitido la empresa prestadora de Servicio ElectroDunas a favor de la Asociación de Agricultores de lca con facturaciones por consumo ascendentes a S/. 4,393.50 Nuevos Soles, y anexan la ampliación de la Memoria Descriptiva que sustenta el cambio solicitado indicando la viabilidad de los servicios básicos. En lo que respecta a la Viabilidad Técnica, cabe resaltar que dicha aprobación constituiría un acto importante a mérito de lo contemplado en el Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de lca; ya que se consideraría que a futuro se consolide la trama del Sistema Vial Urbano propuesto ya que dentro del predio se incluye la proyección de la Avenida Siete, Av. Vía Duque y la Prolong. de la Av. Cutervo la cual es una de los principales ejes de integración y abastecimiento de servicios para la Ciudad de lca y sus distritos aledaños; conforme es de verse del gráfi co inserto en el presente la tendencia de la zona es urbana residencial, por lo que de aprobarse la presente solicitud se estaría dando pase a la ampliación de la Vía conforme se ha establecido en el Acondicionamiento Vial Urbano, ítem 24 en lo que se refi ere a las estrategias de acondicionamiento vial del área de tratamiento; y que específi camente indica en el punto 2 que conforman un Patrón Vial Anular el cual está conformado por: a) Av. J.J. Elias - Cutervo y Acomayo, b) Av. Túpac Amaru - Av. El Dique y Av. Siete, y c) Av. Los Maestros - Av. Industrial - Vía Circunvalatoria Vista Alegre. Por lo que dichas vías, las mismas que serian incluidas dentro del predio constituirían futuros anillos viales lo cual permiten defi nir el sector como importante y trascendental para el desarrollo urbano de la ciudad; asimismo dicha Área Técnica de Obras Privadas y Catastro precisa que se ha pronunciado sobre cada uno de los puntos controvertidos en el caso”. Documento que es remitido mediante el Informe N°450-2014-SGOPC-GDU- MPI y el Informe N° 0202-2014-GDU-MPI de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación Municipal. Con Informe Legal N° 023-2014-GAJ-MPI-ECHH, el abogado adscrito a la Gerencia de Asesoría Jurídica, se ratifi ca en el Informe Legal N° 171-2013-GAJ-MPI-ECHH opinando “Declarar procedente la propuesta formulada por la Municipalidad Distrital de Parcona, consecuentemente mediante Ordenanza Municipal se apruebe el Cambio de Zonifi cación de Terreno No Habilitado denominado San Camilo A-1, ubicado en el Distrito de Parcona, Provincia y Departamento de Ica, con un área de 45 has., inscrito en los Registros Públicos de Ica en la Partida N° 11071678, de propiedad de la Asociación de Agricultores de Ica, que se encuentra comprendido en una Zonifi cación AI - Agrícola Intangible, a R3 – Residencial de Media Densidad y R4 Residencial de Alta Densidad”; Informe Legal que es remitido a la Gerencia General mediante el Ofi cio N° 0156-2014-GAJ-MPI, suscrito por el Gerente de Asesoría Jurídica de esta Corporación Municipal. Que, con Dictamen de Comisión N° 003-2014-R- CAL-MPI la Comisión de Obras Públicas y Privadas de la Municipalidad Provincial de Ica; coincide con lo opinado en los informes técnicos y legales emitidos por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Asesoría Jurídica, opinión descrita en los párrafos precedentes. Que, de los documentos descritos en los párrafos precedentes fueron leídos en su integridad en la Sesión Ordinaria descrita en el Visto, después de un amplio debate por parte de los Miembros integrantes del Pleno de Concejo Municipal, el cual se encuentra descrito en el Libro de Actas de Sesiones de Concejo de la Municipalidad Provincial de Ica, aprobaron por UNANIMIDAD el Cambio de Zonifi cación según la propuesta de la Municipalidad Distrital de Parcona. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades a los documentos descritos en el visto, el Pleno del Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN SEGÚN LA PROPUESTA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCONA DEL PREDIO NO HABILITADO DENOMINADO “SAN CAMILO A-1” UBICADO EN EL DISTRITO DE PARCONA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA. Artículo Primero.- APROBAR el CAMBIO DE ZONIFICACIÓN, SEGÚN LA PROPUESTA FORMULADA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCONA; consecuentemente, APRUÉBESE el Cambio de Zonifi cación del Terreno No Habilitado denominado San Camilo A-1, ubicado en el Distrito de Parcona, Provincia y Departamento de Ica, con un área de 45 Has., inscrito en los Registros Públicos de Ica, en la Partida N° 4008605 (Nueva Partida Independizada N° 11071678), que se encuentra comprendido en una Zonifi cación Intangible Agrícola (IA), a RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (R-3) y RESIDENCIAL DE DENSIDAD ALTA (R-4), por haberse cumplido con las exigencias señaladas en el Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, y conforme a los documentos descritos en la parte considerativa del presente Dispositivo Municipal. Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento estricto de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación y notifi cación de la presente Ordenanza Municipal a la Municipalidad Distrital de Parcona, Asociación de Agricultores de Ica, así como a las Gerencias y Subgerencias pertinentes de esta Corporación Municipal con las formalidades previstas en la Ley. Dado en Palacio Municipal a los Diez (10) días del mes de Febrero del año Dos Mil Catorce. POR LO TANTO MANDO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER GUSTAVO MARTÍNEZ GARCIA Alcalde 1051387-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Prohíben la crianza y/o engorde de cerdos en lugares distintos de la zona agropecuaria del distrito de San Vicente ORDENANZA MUNICIPAL Nº 038-2013-MPC Cañete, 27 de diciembre del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 23 de diciembre del 2013, el Memorándum Nº 197-2013-GDS-