TEXTO PAGINA: 39
El Peruano Miércoles 19 de febrero de 2014 517253 Que, por otro lado, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12 del artículo 4° del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA, se entiende por Entidad Prestadora Pública a la EPS que se encuentra en el ámbito de la actividad empresarial del Estado, en tanto que en el artículo 34° del mismo texto legal se señala que las acciones representativas del capital social de la EPS “Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima” (SEDAPAL) son emitidas a nombre de Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado -FONAFE-; con lo que queda claro que la empresa SEDAPAL se encuentra dentro del ámbito de la actividad del Estado. Que, el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, es una empresa estatal de derecho privado, constituida como sociedad anónima, la cual fue creada mediante Decreto Legislativo N° 150 del 12.06.1981, tiene dentro de sus objetivos la prestación de los servicios de saneamiento como agua potable y alcantarillado sanitario; ejecutar la política del sector en la operación, mantenimiento, control y desarrollo de los servicios básicos, con funciones específi cas en aspectos de normatividad, planeamiento, programación en su ámbito de responsabilidad que comprende la provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callo y aquellas otras provincias, distritos o zonas del departamento de Lima que se adscriban mediante resolución ministerial del sector vivienda, cuando haya continuidad territorial y la cobertura del servicio puede ser efectuada en forma directa por dicha empresa, con lo que queda claramente establecido que es una entidad prestadora de servicios de saneamiento, agua y alcantarillado. Que, mediante Carta Nº 064-2012-GG de fecha 09.01.2012, la Gerencia General de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, informa que su Gerencia de Proyectos y Obras viene ejecutando el contrato de la Obra “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Lomas de Catabayllo y Anexos del distrito de Carabayllo”, a cargo del Contratista Consorcio Saneamiento de Carabayllo II. Asimismo, señala que como parte de las obligaciones contractuales del mencionado contrato de obra se contempla la proyección y la instalación de tuberías de impulsión de Ø 200mm, aducción de Ø 200mm, rebose de Ø 200mm y gradas para el reservorio apoyado RRP-3, el que afectará tres predios, entre ellos el que ocupa un área de 1,306.01 m2 el cual se encuentra bajo la titularidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ubicado en el predio remanente 1 parcela A, sub lote 1 y parcela A-1, Lomas de Carabayllo, distrito de Carabayllo según se desprende de la copia literal que corre inscrito en la Partida N° 12682126, del registro de Predios Zona Registral IX – Sede Lima; de la SUNARP, conforme lo describe el Certifi cado de Búsqueda Catastral N° 1011555573 de fecha 22.07.2011, emitido por el referido registro; por lo que, solicita iniciar el procedimiento de la transferencia de uso de terreno a favor de SEDAPAL, con la fi nalidad de cumplir con el saneamiento físico legal y complementar el área del inmueble del reservorio RRP-03, lo cual es de utilidad pública, en benefi cio de los pobladores del sector y zonas aledañas, adjuntando para tal efecto los documentos que detallan la ubicación de los predios solicitados: i) Copia Literal de la Partida N° 12682126 Registros Públicos, Zona Registral N° IX – Sede Lima; ii) Memoria Descriptiva detallándose la ubicación y localización del predio; iii) Plano perimétrico de la transferencia uso de terreno a favor de SEDAPAL (en coordenadas UTM PSAD 56), Plano N° A-006; iv) Plano de ubicación de la transferencia uso de terreno a favor de SEDAPAL (en coordenadas UTM56) Plano N° U- 006; v) Plano del proyecto PG-02; vi) Plano de Ubicación Perimétrico/ Acumulación N° UL-02 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; vii) Foto de ubicación del terreno; viii) Archivo digital en CD –planos y memoria descriptiva y ix) Certifi cado de Búsqueda Catastral N° 101155573, de la Zona Registral N° IX – Sede Lima. Que, la Gerencia de Gestión Inmobiliaria de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA, con informe N° 910-064-00000351 del 17.07.2013, señala que solicitó al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL precisar el plazo de afectación en uso y el plazo en el cual se ejecutará el reservorio como parte de la obra antes citada, ante lo cual con Carta N° 1566- 2013-EGP-N del 16.07.2013, SEDAPAL informa que el plazo de la afectación en uso del terreno solicitado es por un periodo de 30 años, a fi n de garantizar la permanencia de infraestructura y tubería, siendo el plazo para la construcción de gradas para acceso peatonal de 120 días calendario para el RRP-03, y de 90 días calendario para el RAP-01 de acuerdo al cronograma de la obra. Que, la Gerencia de Gestión Inmobiliaria de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA, mediante Informe N° 910-064-00000370 del 31.07.2013, indica que SEDAPAL solicita tres (03) terrenos de propiedad municipal a fi n de ejecutar sobre los mismos tres (03) reservorios como parte de la Obra: “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Lomas de Carabayllo y Anexos del distrito de Carabayllo”. Asimismo, precisan que los predios solicitados para afectarse en uso, que a continuación se detallan, NO forman parte del Fideicomiso en administración del patrimonio inmobiliario de la MML: N° Docu- mento Terreno Solicitado por SEDAPAL (m2) Partida Matriz Terreno a Afectar (m2) Partidas Indepen- dizadas Propie- tario Objeto 1 Carta N° 062 204.01 12682126 204.01 13005960 MML Reservorio RAP-01, tuberías de impulso y accesos 2 Carta N° 063 1,710.17 43719963 1,620.41 12918642 MML Reservorio RRP-02, tuberías de impulso y accesos 89.76 Sin inscripción Tercero 3 Carta N° 064 1,306.01 12682126 1,291.04 13005957 MML Reservorio RRP- 03, tuberías de impulso y accesos 14.98 13005941 MML Que, el Jefe de la Ofi cina General de Asuntos Legal de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA, a través del Informe N° 510-064-00000257 del 02.08.2013, indica que SEDAPAL ha manifestado su interés por las siguientes áreas de terreno a fi n que puedan ser estas afectadas en uso para la ejecución de la obra: “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Lomas de Carabayllo y Anexos del distrito de Carabayllo”: - El área de terreno de 14.98 m2, ubicado en el sub lote 2A, Lomas de Carabayllo, distrito de Carabayllo, para complemento del reservorio RRP-03. - El área de terreno de 1,291.40 m2, ubicado en el sub lote 2B, Lomas de Carabayllo, distrito de Carabayllo, para instalación de tuberías, construcción de gradas como acceso peatonal al reservorio RRP-03. - El área de terreno de 204.01 m2, ubicado en el sub lote 1, Lomas de Carabayllo, distrito de Carabayllo, para la instalación de tuberías de impulsión RAP-01; Que, señala también que la afectación en uso de las áreas de terreno antes citadas no contravendrá el derecho de propiedad municipal, señalándose en el proyecto de la Exposición de Motivos elaborada por la Gerencia de Gestión Inmobiliaria que no es factible su utilización debido a que por su ubicación y condición accidentada no son de utilidad para proyectos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; así como que la obra que se pretende construir servirá para benefi ciar a los pobladores más necesitados del sector y zonas aledañas a la Jurisdicción del distrito de Carabayllo, por lo que servirá al interés y necesidad social; concluyendo, al igual que la Gerencia de Gestión Inmobiliaria de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA, en que la aprobación de la afectación en uso es procedente, en cuanto servirán para interés y necesidad social, correspondiéndole esto al Concejo Municipal Metropolitano. Que, con Informe N° 910-064-00000382 del 06.08.2013, emitido por la Gerencia de Gestión Inmobiliaria de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA, se señala que la Municipalidad Metropolitana de Lima es propietaria de un terreno denominado Remanente 1 Parcela a Sublote 1 y Parcela A-1, Lomas de Carabayllo, inscrito en la Partida N° 12682126 del Registro de Predios de Lima – SUNARP, con un área de 4´681,453.53 m2, y como tal forma parte del Margesí Inmobiliario Municipal 2012. Asimismo, indica que la afectación en uso solicitada a favor de SEDAPAL recae