Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2014 (20/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 1052493-2

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Disponen la publicacion en el MORDAZA institucional, del proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que modificaria el "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 012-2014-OEFA/CD MORDAZA, 18 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, a traves de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de todas las personas naturales o juridicas; asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental a cargo de las diversas entidades del Estado se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Articulo 11° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, modificado por la Ley N° 30011, la funcion normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ambito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalizacion ambiental en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (SINEFA); Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 012-2012-OEFA/CD se aprobo el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del OEFA, el cual regula el procedimiento administrativo sancionador empleado para investigar y determinar la existencia de infracciones administrativas, asi como para imponer sanciones y dictar medidas cautelares y correctivas; Que, con la finalidad de optimizar el ejercicio del derecho al debido procedimiento de los administrados, resulta necesario modificar el referido Reglamento, a fin de ampliar el plazo para la MORDAZA de descargos, y a efectos de regular la aplicacion de las multas, el dictado

de las medidas cautelares y correctivas, asi como la prescripcion de oficio; Que, en ejercicio de su funcion normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de modificacion del "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental OEFA", proyecto normativo que previo a su aprobacion debe ser sometido a consulta publica con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo N° 012-2014, adoptado en la Sesion Ordinaria N° 007-2014 realizada el 18 de febrero de 2014, se acordo por unanimidad disponer la publicacion de la propuesta de modificacion del "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA", por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolucion de Consejo Directivo, habiendose establecido la exoneracion de la aprobacion del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Articulo 8° y Literal n) del Articulo 15° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion del proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que modificaria el "Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA", en el MORDAZA Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Articulo 3°.- Los interesados podran remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, ubicado en la Avenida Republica de Panama N° 3542 del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, o mediante la direccion electronica procedimientosancionador@oefa. gob.pe, en un plazo de diez (10) dias habiles, contado a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo 1052643-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento, convierten y reubican organos jurisdiccionales de diversas Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 053-2014-CE-PJ MORDAZA, 29 de enero de 2014 VISTO: El Oficio N° 051-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 006-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursado por el Gerente

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