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El Peruano Martes 25 de febrero de 2014 517494 De conformidad con lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM y en los artículos 3º y 7º de la Ley 27594 Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por doña Estela Encarnación Ospina Salinas a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, al cargo de Director de Programa Sectorial III – Directora General del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, al Médico Luis Alberto Santa María Juárez, en el cargo de confi anza de Director General del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Información y Sistemas, la actualización del Directorio Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob. pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Notifi car la presente Resolución a los interesados, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal, al Órgano de Control Institucional y a todas las unidades orgánicas de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR A. CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 1054124-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Amplían plazo para la remisión de comentarios a los Proyectos aprobados mediante Res. N° 009-2014-CD/ OSIPTEL y Res. N° 014-2014-CD/ OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 025-2014-CD/OSIPTEL Lima, 20 de febrero de 2014 Materia: Ampliación del plazo para la entrega de comentarios a los proyectos de Nuevos Lineamientos Generales para la Aplicación de las Normas de Represión de Conductas Anticompetitivas y de la Competencia Desleal en el ámbito de las Telecomunicaciones. VISTOS: i. La solicitud presentada por la empresa Americatel Perú S.A. con fecha 10 de febrero de 2014, a fi n que se amplíe el plazo establecido en las Resoluciones de Consejo N° 009-2014-CD/OSIPTEL y N° 014-2014-CD/ OSIPTEL para presentar comentarios a los Proyectos de Lineamientos Generales para la aplicación de las normas de Represión de Conductas Anticompetitivas y de la Competencia Desleal en el ámbito de las Telecomunicaciones, respectivamente. ii. La solicitud presentada por la empresa Nextel del Perú S.A. con fecha 18 de febrero de 2014, mediante la cual solicita la ampliación del plazo otorgado por la Resolución N° 009-2014-CD/OSIPTEL. iii. Los Informes N° 015-ST/2014 y 017-ST/2014 de la Secretaría Técnica de los Órganos Colegiados, presentados por la Gerencia General, mediante los cuales recomienda la ampliación del plazo referido en el numeral anterior; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal. iv. Las solicitudes presentadas por la empresa Nextel del Perú S.A. y Directv Perú S.R.L. con fecha 19 de febrero de 2014, mediante las cuales solicitan la ampliación del plazo otorgado por las Resoluciones N° 014-2014-CD/ OSIPTEL y 009-2014-CD/OSIPTEL, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones de Consejo N° 009-2014- CD/OSIPTEL y N° 014-2014-CD/OSIPTEL, publicadas en el diario ofi cial El Peruano el 01 y 04 de febrero de 2014, respectivamente, se dispuso la publicación para comentarios de los Proyectos de Lineamientos Generales para la aplicación de las normas de Represión de Conductas Anticompetitivas y de la Competencia Desleal en el ámbito de las Telecomunicaciones; y, conforme a lo dispuesto, se efectuó la publicación de los proyectos, así como la Exposición de Motivos en la página web institucional del OSIPTEL; Que, el artículo tercero de las citadas Resoluciones estableció un plazo de veinte (20) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el referido diario ofi cial, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios a los citados proyectos, plazos que vencen el 21 y 24 de febrero de 2014; Que, con fecha 10 de febrero de 2014, la empresa Americatel Perú S.A. y con fechas 18 y 19 de febrero de 2014, la empresa Nextel del Perú S.A. han solicitado un plazo adicional de veinte (20) días calendario para presentar sus comentarios, justifi cando sus peticiones en la complejidad de los nuevos proyectos de lineamientos; así como en la concurrencia de otros proyectos normativos de similar importancia; Que, con fecha 19 de febrero, la empresa Directv S.R.L. ha solicitado un plazo adicional de quince (15) días para presentar sus comentarios al Proyecto de Nuevos Lineamientos Generales para la Aplicación de las Normas de Represión de Conductas Anticompetitivas, justifi cando su solicitud en su especial complejidad, trascendencia e impacto en el sector de telecomunicaciones. Que, es de resaltar que este Organismo ha valorado la trascendencia de los Proyectos de Nuevos Lineamientos Generales para la Aplicación de las Normas de Represión de Conductas Anticompetitivas y de la Competencia Desleal en el Ámbito de las Telecomunicaciones y la importancia de contar con comentarios de los interesados, por lo que este Consejo Directivo considera razonable ampliar en veinte (20) días calendario el plazo para la presentación de comentarios a los citados proyectos, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del artículo 75° del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 528; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar en veinte (20) días calendario el plazo establecido para la remisión de comentarios al Proyecto de Nuevos Lineamientos Generales para la Aplicación de las Normas de Represión de Conductas Anticompetitivas en el Ámbito de las Telecomunicaciones aprobado por Resolución N° 009-2014-CD/OSIPTEL y al Proyecto de Nuevos Lineamientos Generales para la Aplicación de las Normas de Represión de la Competencia Desleal en el Ámbito