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El Peruano Martes 25 de febrero de 2014 517495 de las Telecomunicaciones, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 014-2014-CD/OSIPTEL. El plazo mencionado deberá contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del OSIPTEL disponer las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional; http://www.osiptel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1053803-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Amplían fecha de vencimiento de redistribución de expedientes dispuesta por Res. Adm. Nº 037-2014-P-CSJLI- PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 079-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de febrero de 2014 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 037-2014-P-CSJLI- PJ de fecha 20 de Enero del año en curso, Resolución Administrativa 048-2014-P-CSJLI de fecha 05 de febrero de los corrientes y los ofi cios Nº s/n-2014-COORD.EX 3º JPLT-EDUA de fecha 24 de febrero de los corrientes, Ofi cio Nº s/n-2014 2 JPL-SSA y; CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 037-2014-P-CSJLI-PJ de vistos, la Presidencia de este Distrito Judicial dispone las medidas administrativas para la remisión y redistribución de los expedientes de los convertidos y reubicados 2º y 3º Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima, así como el plazo en el cual se realizaría esta actividad, esto es el día 21 de Febrero debería haber concluido el proceso de remisión y distribución de expedientes. Segundo.- Que, mediante los ofi cios de vista, las Jueces a cargo de dichas judicaturas y de la remisión y redistribución de expedientes de los Juzgados Penales Liquidadores Transitorios Desactivados, ponen a conocimiento de la Presidencia, la imposibilidad de concluir la remisión de expedientes en el plazo fi jado mediante resolución administrativa Nº037-2014-P-CSJLI- PJ y Resolución Administrativa 048-2014-P-CSJLI. Tercero.- Que, si bien se señaló el 21 de Febrero como plazo perentorio para la remisión y/o redistribución de expedientes, cierto es también, que dicho plazo ha resultado insufi ciente para el cabal cumplimiento de lo dispuesto, tal como lo han hecho saber las Jueces encargadas de los Juzgados Penales Liquidadores Transitorios convertidos y reubicados, solicitando se amplíe el plazo de remisión fi n de concluir con lo dispuesto por esta Presidencia. Siendo ello así, resulta necesario ampliar de manera improrrogable la fecha de remisión y redistribución de expedientes. Cuarto.- Que, asimismo habiéndose dispuesto en la Resolución de vista, que los Magistrados de los Juzgados antes mencionados cumplan con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de este Distrito Judicial, sobre el cumplimiento de lo ordenado, a fi n de que dicha Unidad realice el seguimiento y monitoreo a cada uno de los órganos Jurisdiccionales. Asimismo, las aludidas dependencias judiciales, deberán dar cuenta a la Presidencia, al día siguiente de culminado la prórroga del plazo concedido; Quinto.- Que, por razones expuestas, el Presidente de la Corte como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial de Lima y en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 05 de noviembre del 2012; y estando a lo señalado precedentemente. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento de la redistribución de expedientes dispuesta por Resolución Administrativa Nº 037-2014-P-CSJLI-PJ, de manera improrrogable, hasta el Jueves 27 de febrero de los corrientes, debiendo dar cuenta las Coordinadoras encargadas a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al día siguiente del término señalado. Artículo Segundo.- PONER en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima – ODECMA, el contenido de la presente resolución para que vele por su adecuado cumplimiento, procediendo conforme a sus funciones y atribuciones en defecto de ello. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia de Administración Distrital y Coordinación de Personal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 1054153-1 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Destituyen a Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Penal Liquidador de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 554-2013-PCNM P.D. N° 044-2012-CNM San Isidro, 23 de octubre de 2013 VISTO; El proceso disciplinario N° 044-2012-CNM, seguido contra el doctor Abdón Pablo Julián Velásquez, por su actuación como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Penal Liquidador de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica y, el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia; y, CONSIDERANDO: Antecedentes: 1. Que, por Resolución N° 618-2012-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura abrió proceso disciplinario al