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El Peruano Martes 25 de febrero de 2014 517499 Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, en uso de las facultades previstas por los artículos 154 inciso 3 de la Constitución Política, 31 numeral 2 de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y 36 de la Resolución Nº 140-2010-CNM, Reglamento de Procedimientos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura, y estando a lo acordado por unanimidad de los señores Consejeros presentes en la sesión plenaria N° 2391, del 16 de mayo de 2013, por Acuerdo N° 821- 2013, sin la presencia del señor Consejero Gastón Soto Vallenas; SE RESUELVE: 1.- Dar por concluido el presente proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y, en consecuencia, imponer la sanción de destitución al doctor Abdón Pablo Julián Velásquez, por su actuación como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Penal Liquidador de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica. 2.- Disponer la inscripción de la medida a que se contrae el artículo 1° de la presente resolución en el registro personal del magistrado destituido, debiéndose asimismo cursar ofi cio al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y al señor Fiscal de la Nación, y publicarse la presente resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada. 3.- Disponer la inscripción de la destitución en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, una vez que la misma quede consentida o ejecutoriada. Regístrese y comuníquese. MAXIMO HERRERA BONILLA LUZ MARINA GUZMAN DIAZ LUIS MAEZONO YAMASHITA VLADIMIR PAZ DE LA BARRA GONZALO GARCIA NUÑEZ PABLO TALAVERA ELGUERA 1053285-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan apertura de Oficina Registral Miraflores, ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0044-2014/JNAC/RENIEC Lima, 24 de febrero de 2014 VISTOS: Las Hojas de Elevación N°00032-2014/ GOR/JR10LIM/RENIEC (24ENE2014), N°000058-2014/ GOR/JR10LIM/RENIEC (30ENE2014) y N°000074-2014/ GOR/JR10LIM/RENIEC (12FEB2014) de la Jefatura Regional 10–Lima; los Informes N°000004-2014/GOR/ JR10LIM/RENIEC (24ENE2014), N°000007-2014/GOR/ JR10LIM/RENIEC (30ENE2014) y N°000010-2014/GOR/ JR10LIM/RENIEC (12FEB2014) de la Jefatura Regional 10–Lima; las Hojas de Elevación N°000026-2014/GOR/ RENIEC (27ENE2014) y N° 000058-2014/GOR/RENIEC (21FEB2014) y el Memorando N°000307-2014/GOR/ RENIEC (18FEB2014) de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando N°000259-2014/GAD/RENIEC (04FEB2014) de la Gerencia de Administración; el Informe N°000016-2014/GAD/SGSG/RENIEC (04FEB2014) de la Sub Gerencia de Servicios Generales de la Gerencia de Administración; los Memorando N°000145-2014/GG/ RENIEC (14FEB2014) y N°000168-2014/GG/RENIEC de la Gerencia General; el Informe N° 000089-2014/GAJ/ SGAJR/RENIEC (19FEB2014) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación N° 000122-2014/GAJ/ RENIEC (19FEB2014) y N° 000134-2014/GAJ/RENIEC (24FEB2014) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, es un organismo encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales; así como registrar los matrimonios, defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil; Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los artículos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, señalan que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde exista ofi cina registral; Que la Jefatura Regional 10 – Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales, mediante el Informe N° N°000004-2014/GOR/JR10LIM/RENIEC (24ENE2014), manifi esta que los ciudadanos residentes en el distrito de Mirafl ores, de la provincia de Lima, del departamento de Lima, eligen a las Ofi cinas Registrales de Surco- Higuereta, Jesús María y San Borja, para adquirir alguno de los servicios que brinda el RENIEC; Que en virtud a ello, a través de la Hoja de Elevación N° 000032-2014/GOR/JR10LIM/RENIEC (24ENE2014) la Jefatura Regional 10 – Lima, recomienda la creación y apertura de la Ofi cina Registral Mirafl ores, proponiendo como fecha de inicio de atención al público el 13 de febrero de 2014, la cual atenderá no sólo a la población residente del distrito sino a la de los distritos aledaños; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el Memorando N°000307-2014/GOR/RENIEC (18FEB2014) informa que el funcionamiento de la Ofi cina Registral en el inmueble ubicado en la Av. Diez Canseco N° 230, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, se sustenta en el contrato de alquiler celebrado entre el RENIEC y la empresa FACTOTUM S.A.C.; Que mediante la Hoja de Elevación N°000058-2014/ GOR/RENIEC (21FEB2014) la Gerencia de Operaciones Registrales, actualiza la fecha de apertura de la Ofi cina Registral Mirafl ores, para el 25 de febrero de 2014; Que la Gerencia General mediante el Memorando N°000168-2014/GG/RENIEC (21FEB2014), opina favorablemente sobre la creación de una Ofi cina Registral RENIEC en el distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, teniendo como fecha de apertura el día 25 de febrero de 2014; Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Mirafl ores, la cual se encuentra ubicada en la Av. Diez Canseco N° 230, distrito de Mirafl ores, provincia