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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (27/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 48

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517614 cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago del aporte anual al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas a efectuar el pago de € 24,766.00 (Veinte y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Seis 00/100 Euros) al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC), correspondiente a la membresía del año 2014. Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1055109-6 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 023-2014-RE Lima, 26 de febrero de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 014-2014-MEM-OGP de fecha 16 de enero de 2014 del Ministerio de Energía y Minas, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la membresía del año 2014 a la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago del aporte anual a la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas a efectuar el pago de US$ 38,040.08 (Treinta y Ocho Mil Cuarenta y 08/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE), correspondiente a la membresía del año 2014. Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1055109-7 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 024-2014-RE Lima, 26 de febrero de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 003-2014-MEM-OGP de fecha 7 de enero de 2014 del Ministerio de Energía y Minas, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la membresía del año 2014 al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago del aporte anual al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas a efectuar el pago de € 19,314.00 (Diecinueve Mil Trescientos Catorce y 00/100 Euros) al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ), correspondiente a la contribución del año 2014. Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1055109-8