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El Peruano Martes 15 de julio de 2014 527752 de las instancias de gestión educativa descentralizadas del Sector Educación a nivel nacional. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Ética Pública y Transparencia, para que en coordinación con la Ofi cina de Coordinación Regional, sea la responsable de brindar asistencia técnica a las instancias de gestión educativa descentralizadas del Sector Educación, respecto de la implementación, acceso y uso del Sistema Informático de Monitoreo de Expedientes – SIMEX, ubicado en el portal www.perueduca.pe; así como, de realizar su correspondiente seguimiento. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1110117-1 ENERGIA Y MINAS Designan a Electronoroeste S.A. como administrador provisional de la Línea de Transmisión 33 kV C.T. Malacas - S.E. Talara RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 322-2014-MEM/DM Lima, 14 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el Servicio Público de Electricidad, defi nido como el suministro regular de energía eléctrica para uso colectivo, es de utilidad pública; Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-97-EM, de fecha 22 de enero de 1997, Empresa Eléctrica de Piura S.A – EEPSA obtuvo la Concesión Defi nitiva de Transmisión que comprende la Línea de Transmisión de 33 kV C.T. Malacas – S.E. Talara; Que, mediante el documento con registro N° 2198787, EEPSA presentó su renuncia a la concesión defi nitiva de la Línea de Transmisión de 33 kV C.T. Malacas – S.E. Talara, la misma que se encuentra en trámite; Que, mediante el documento con registro N° 2390451, EEPSA ha solicitado se realicen las acciones pertinentes que viabilicen la transferencia de la Línea de Transmisión de 33 kV C.T. Malacas – S.E. Talara; o, en todo caso, el nombramiento de un interventor, de conformidad con la normatividad aplicable; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, en el procedimiento de renuncia de concesiones, se designará un interventor de las operaciones del concesionario hasta el cumplimiento del plazo respectivo; Que, dado que la actividad de Transmisión de electricidad es de utilidad pública, resulta necesario encargar la administración provisional de la Línea de Transmisión de 33 kV C.T. Malacas – S.E. Talara a una empresa de distribución ubicada en la misma zona geográfi ca, y que cuente con experiencia e infraestructura necesaria para su rehabilitación, operación y mantenimiento; Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a Electronoroeste S.A. (ENOSA) como administrador provisional de la Línea de Transmisión 33 kV C.T. Malacas – S.E. Talara, quien se encargará de su operación y mantenimiento, en tanto se determine al nuevo concesionario. Artículo 2.- Los peajes y compensaciones establecidos por OSINERGMIN para la Línea de Transmisión 33 kV Talara-Refi nería (C.T. Malacas – S.E. Talara) serán asignados por OSINERGMIN al nuevo concesionario de dicha Línea de Transmisión. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1110551-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN