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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2014 (15/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Martes 15 de julio de 2014 527755 Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3682 del Despacho Viceministerial, de 8 de julio de 2014; y los Memoranda (DAC) N° DAC0851/2014, de la Dirección General para Asuntos Culturales, de 2 de julio de 2014, y (OPR) Nº OPR0216/2014, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 11 de julio de 2014, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Thierry Roca-Rey Deladrier, Director Regional de la Ofi cina Desconcentrada en la ciudad de Piura, departamento de Piura, a la ciudad de Zaruma, Provincia de El Oro, Ecuador, del 16 al 17 de julio de 2014, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094296: Promoción Cultural, Protección Patrimonial y Cooperación (cultura, educación y deporte), debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Terrestre (Piura-Zaruma- Piura) S/. Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Thierry Roca-Rey Deladrier 400.00 370.00 1 + 1 740.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1110163-3 SALUD Conforman la Unidad Funcional de Articulación para la Gestión de Políticas de Salud en el Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 526-2014/MINSA Lima, 14 de julio del 2014 Visto, el Expediente N° 14-071454-011, que contiene el Informe N°0109-2014 -OGPP-OO/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota Informativa N° 188-2014-JGDM/DSS/MINSA del Despacho Ministerial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, defi ne como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; señalando además que, en el proceso de formulación de las mencionadas Políticas, el Poder Ejecutivo establece mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades, según requiera o corresponda a la naturaleza de cada política; Que, el Plan de implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013-2016, aprobado por Resolución Ministerial N° 125-2013-PCM, establece que los Ministerios que son entes rectores de los sistemas funcionales, deben promover, apoyar y participar en espacios de coordinación interinstitucional con entidades del mismo nivel como de otros niveles de gobierno, para multiplicar la capacidad de servicio del Estado en benefi cio de los ciudadanos mediante la articulación de políticas, recursos y capacidades institucionales; Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud coordinará con otros niveles de gobierno y otros sectores con la fi nalidad de garantizar la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como el seguimiento, evaluación y cumplimiento de las mismas, a través de sus órganos de línea; para tal efecto celebra convenios interinstitucionales de asistencia y cooperación mutua; Que, el numeral 5.4.5 de la Directiva N° 007-MINSA/ OGPP-V.02, Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional, aprobada por Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, establece que las entidades podrán conformar áreas funcionales, que en ningún caso forman parte de la estructura orgánica de la entidad y su naturaleza es temporal; Que, mediante el informe de visto, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión técnica favorable para la conformación de la Unidad Funcional de Articulación para la Gestión de Políticas de Salud en el Despacho Ministerial lo cual permitiría ejercer la atribución de articulación y coordinación establecida en la Ley de Organización y Funciones del MINSA y garantizar la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como el seguimiento, evaluación y cumplimiento de las mismas; Que, estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, en la Directiva N° 007-MINSA/ OGPP-V.02, Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional, aprobada por Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la conformación de la Unidad Funcional de Articulación para la Gestión de Políticas de Salud Conformar, con carácter temporal, la Unidad Funcional de Articulación para la Gestión de Políticas de Salud en el Despacho Ministerial, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del MINSA.