Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2014 (24/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

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en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion, del departamento del Cusco. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24), apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Control del Orden Interno Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia declarado en el articulo 1º del presente Decreto Supremo. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo en el departamento, provincia y distrito declarado en Estado de Emergencia. Articulo 4º.- De la Intervencion La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerzas por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Articulo 5º.- Comando Unificado Disponer que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, en el departamento, provincia y distrito indicado en el articulo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, asi como en el Decreto Supremo Nº 004-2013-DE, que precisa los alcances de Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Defensa, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1115152-1

Autorizan viaje del Ministro de Energia y Minas a Ecuador y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 274-2014-PCM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° MRNNR-DM-2014-0588-OF de fecha 19 de junio de 2014, suscrito por el Ministro de Estado del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables de la Republica del Ecuador. CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de marzo de 2014, se celebro en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru una reunion de trabajo entre el Ministro de Energia y Minas del Peru y el Ministro de Recursos Naturales No Renovables del Ecuador; en seguimiento de los acuerdos alcanzados en el MORDAZA del Encuentro Presidencial y VII Gabinete Binacional de Ministros, asi como el II Encuentro Minero ­ Energetico de Integracion Peru ­ Ecuador; Que, dentro de las conclusiones que se produjeron en la mencionada reunion, se acordo la realizacion de reuniones de comisiones tecnicas para analizar la factibilidad del proyecto de complementacion gasifera en el contexto "Acuerdo Cooperacion para compartir informacion que permita analizar y evaluar la posibilidad de complementacion gasifera en las zonas de frontera entre el Peru y Ecuador"; Que, en documento de visto, el Ministro de Estado del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables de la Republica del Ecuador, en cumplimiento de los acuerdos asumidos en la reunion senalada en el primer considerando, extiende invitacion al Ministro de Energia y Minas del Peru, a fin de participar en la reunion energetica, la cual se llevara a cabo en la MORDAZA Baltra y MORDAZA MORDAZA, provincia de Galapagos, Republica del Ecuador, del 30 de MORDAZA al 01 de agosto de 2014; Que, de conformidad con el articulo 2 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007EM, el Ministerio de Energia y Minas tiene por finalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero energeticas; Que, en tal sentido y por ser de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Energia y Minas, del 28 de MORDAZA al 02 de agosto de 2014, para los fines a que se refiere los considerandos precedentes, debiendo el Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energia y Minas ­ Unidad Ejecutora 001, asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos que irrogue el mismo; Que, de acuerdo con lo previsto en el articulo 127 de la Constitucion Politica del Peru, es necesario encargar el Despacho de Energia y Minas en tanto dure la ausencia del titular, y;

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