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El Peruano Jueves 24 de julio de 2014 528486 Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; y, el Decreto Supremo N° 018- 2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, creada mediante Decreto Supremo N° 018-2014-SA, según detalle: - Sr. Carlos Guillermo Aguirre Asturrizaga, Especialista en Línea de Base para la Biodiversidad de la Dirección General de Diversidad Biológica del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, representante titular. - Sra. Dora Emilia Pariona Javier, Especialista Responsable en Acciones de Control y Vigilancia de Alerta Temprana en Materia de Bioseguridad de la Dirección General de Diversidad Biológica del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, representante alterno. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1115123-1 Disponen la publicación del Proyecto de la “Estrategia Nacional ante el Cambio Climático”, en el portal web del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2014-MINAM Lima, 23 de julio de 2014 Visto, el Informe N° 004-2014-MINAM-DVMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; así como el Informe N° 115-2014-MINAM/ DVMDERN/DGCCDRH de la Dirección General de Cambio Climático, Desertifi cación y Recursos Hídricos, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el cual tiene como objetivo estabilizar las emisiones de gases de efecto invernadero a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. En el artículo 4, numeral 1, literal b, de la Convención antes mencionada se establece que las Partes deberán formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente programas nacionales y, según proceda, regionales, que contengan medidas orientadas a mitigar el cambio climático, teniendo en cuenta las emisiones antropogénicas por las fuentes y la absorción por los sumideros de todos los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal, y medidas para facilitar la adaptación adecuada al cambio climático; Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente establece que constituyen instrumentos de gestión ambiental, entre otros, las estrategias; Que, mediante el artículo 6 de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, las competencias sectoriales, regionales y locales se ejercen con sujeción a los instrumentos de gestión ambiental, diseñados, implementados y ejecutados para fortalecer el carácter transectorial y descentralizado de la Gestión Ambiental, y el cumplimiento de la Política, el Plan y la Agenda Ambiental Nacional. Para este efecto, la Autoridad Ambiental debe asegurar la transectorialidad y la debida coordinación de la aplicación de estos instrumentos, entre otros, a través del diseño y dirección participativa de estrategias nacionales para la implementación progresiva de las obligaciones derivadas del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; Que, el literal b) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente señala como uno de los objetivos específi cos del Ministerio del Ambiente, asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan. Asimismo, el literal c) del artículo 11 del Decreto Legislativo antes mencionado, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1039, establece como función del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales elaborar y coordinar la estrategia nacional frente al cambio climático; Que, asimismo, se tiene como uno de los objetivos del Eje de Política 1 – Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica de la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, lograr la adaptación de la población frente al cambio climático y establecer medidas de mitigación, orientadas al desarrollo sostenible; Que, en tal sentido, el Ministerio del Ambiente a través de la Dirección General de Cambio Climático, Desertifi cación y Recursos Hídricos ha elaborado la “Estrategia Nacional ante el Cambio Climático”, la cual reemplazará a la que se aprobó mediante Decreto Supremo N° 086-2003- PCM. Dicha propuesta, previa a su formal aprobación, requiere ser sometida a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Que, la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático refl eja el compromiso del Estado peruano de actuar frente al cambio climático de manera integrada, transversal y multisectorial, cumpliendo con los compromisos internacionales asumidos por el Perú ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), y teniendo en cuenta de manera especial los esfuerzos de previsión y acción para adaptar los sistemas productivos, los servicios sociales y la población, ante los efectos del cambio climático; Que, el proceso de revisión de la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático se inició en el año 2010 bajo el liderazgo de la Comisión Nacional de Cambio Climático y de los Grupos Técnicos Ad-hoc formados con la fi nalidad de acompañar y orientar el proceso. Asimismo, se contó con la participación de grupos de trabajo y talleres de planifi cación macroregionales en Lambayeque, Lima, Loreto, Tacna y Junín, donde se validó la matriz desarrollada para la gestión del cambio climático 2011- 2021; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertifi cación y Recursos Hídricos, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del Proyecto de la “Estrategia Nacional ante el Cambio Climático”, que forma parte integrante de la presente resolución.