Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2014 (24/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014 NSA: O-9581090 Comandante FAP NSA: O-9625593 Comandante FAP NSA: O-9623493 Tecnico de 1ra. FAP NSA: S-60505186 Tecnico de 2da. FAP NSA: S-60708292 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60403683 Tecnico de 1ra. FAP NSA: S-10629383 Tripulacion Alterna Comandante FAP NSA: O-9571089 Comandante FAP NSA: O-9631893 Mayor FAP NSA: O-9643495 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60356382 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60481885 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA DNI: 43407013 MORDAZA ERICK MORDAZA MORDAZA DNI: 43383834 ELARD ERICK GRANDA ALVIAR DNI: 43352508 MORDAZA MORDAZA POSTIGO DNI: 07632730 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 08537154 Piloto Piloto Piloto Ing. de vuelo Maestro de Carga DNI: 06663550 MORDAZA MORDAZA CASSO MORDAZA DNI: 43357029 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 43362857 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 08761346 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 43913903 MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALVA Piloto Piloto Ing. de vuelo Ing. de vuelo Maestro de Carga

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la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Articulo 6º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1115152-4

DNI: 08148747 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maestro de Carga DNI: 09886089

MORDAZA vuelo, del 30 al 31 de MORDAZA de 2014 Tripulacion Principal MORDAZA FAP NSA: O-9484683 MORDAZA FAP NSA: O-9516185 Comandante FAP NSA: O-9594391 Comandante FAP NSA: O-9597991 Comandante FAP NSA: O-9591391 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60562088 Tecnico de 2da. FAP NSA: S-13867091 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60352482 Tecnico de 1ra. FAP NSA: S-60538087 Tripulacion Alterna Comandante FAP NSA: O-9581090 Comandante FAP NSA: O-9631893 Mayor FAP NSA: O-9644495 Tecnico Inspector FAP NSA: S-11096284 Tecnico de 1ra. FAP NSA: S-60408183 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 06663550 MORDAZA ERICK MORDAZA MORDAZA DNI: 43383834 MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALLO DNI: 10494155 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 06758195 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 44210675 Piloto Piloto Piloto Ing. de vuelo Maestro de Carga MORDAZA MORDAZA SMALL MORDAZA DNI: 09645642 TONINO ANNICCHIARICO ONGARO DNI: 43336734 MORDAZA MORDAZA MORDAZA TIPIAN DNI: 43338482 MANFRED MORDAZA MORDAZA LLAZA DNI: 09341097 MORDAZA SALES MORDAZA DNI: 43567055 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 08676478 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 29609479 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 43441416 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 44202546 Inspector COMOP Piloto Piloto Piloto Piloto Ing. de vuelo Ing. de vuelo Maestro de Carga Maestro de Carga

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el cambio de destino de los recursos autorizados por el literal e.1) del Numeral 3.1 del articulo 3 de la Ley N° 30191, a favor del pliego 011: Ministerio de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 213-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, aprobo, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre, se dictan medidas para que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales desarrollen acciones, durante el ano fiscal 2014, con el fin de prevenir y mitigar los factores de riesgo de desastre, asi como para la adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre a nivel nacional; Que, el literal e.1) del numeral 3.1 del articulo 3 de la citada Ley establece como medidas en materia de salud: Gastos para la ejecucion de proyectos de inversion de mejoramiento de hospitales y establecimientos de salud, a nivel nacional, para la reposicion y adquisicion de hospitales de MORDAZA, para la adquisicion de grupos electrogenos, equipos de radiocomunicacion y ambulancias, a cargo del Ministerio de Salud, para lo cual se le destinan recursos hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 144 258 540,00); Que, asimismo, el numeral 13.2 del articulo 13 de la Ley N° 30191 senala que, excepcionalmente, los recursos asignados para los proyectos de inversion publica a que se refiere el literal e.1) del numeral 3.1 del articulo 3 de la indicada Ley, que no hayan sido comprometidos dentro de los sesenta (60) dias calendario contados a partir de la vigencia de la referida MORDAZA legal, o que no hayan podido ser comprometidos por causal ajena a la gestion o decision de la respectiva entidad, pueden ser destinados a la ejecucion de otros proyectos de inversion que tengan las mismas finalidades que se senalan en el mencionado articulo. El cambio de destino de los recursos autorizados, se aprueba, para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del sector respectivo, a solicitud de este ultimo;

Articulo 2º.- La participacion de las Tripulaciones Alternas quedan supeditadas solamente a la imposibilidad de participacion por parte de las Tripulaciones Principales. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente:
Viaticos: US $ 430.00 x 02 dias x 18 personas = US$ 15,480.00 --------------------TOTAL = US$ 15,480.00

Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Articulo 5º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de

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