Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2014 (24/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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FIDECOM-CONSEJO DIRECTIVO del 26 de marzo de 2009, en ese sentido FIDECOM es ejecutado por la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, conforme a la referida Ley Nº 27658, concordante con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, en la organizacion de las entidades deben regir los criterios de justificacion de funciones y actividades, no duplicacion de funciones y el MORDAZA de especialidad, que suponen integrar las funciones y competencias afines; Que, a fin de evitar duplicidades y con la finalidad de fortalecer, optimizar y potenciar el uso de los recursos publicos asociados a la innovacion y emprendimiento innovador para la diversificacion productiva, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado y de los principios y acciones que lo rigen, resulta necesario integrar la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros al Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8º del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; el numeral 13.1 del articulo 13 de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, modificado por la Ley Nº 27899; y, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Crean el Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad Crease el Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad, en el ambito del Ministerio de la Produccion. El Programa contara con un Coordinador Ejecutivo, el cual sera designado mediante Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Objetivo General del Programa El Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad tiene por objetivo general impulsar y consolidar la innovacion para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economia en su conjunto. Articulo 3º.- Objetivos Especificos del Programa Son objetivos especificos del programa: - Incrementar la innovacion en los procesos productivos empresariales. - Impulsar el emprendimiento innovador. - Facilitar la absorcion y adaptacion de tecnologias para las empresas. Articulo 4º.- Manual de Operaciones del Programa El Ministerio de la Produccion aprobara, mediante Resolucion Ministerial, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendarios contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Fusion por absorcion Fusionese bajo la modalidad de absorcion a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Produccion, correspondiendole a la primera la calidad de absorbida. Articulo 6º.- Conformacion de la encargada del MORDAZA de Transferencia Comision

El Peruano Jueves 24 de MORDAZA de 2014

se constituira una Comision encargada del MORDAZA de Transferencia, integrada por dos representantes de la Presidencia de Consejo de Ministros y dos representantes del Ministerio de la Produccion. 6.2. Los representantes seran designados mediante Resolucion Ministerial. La Presidencia de la Comision la ejercera el Ministerio de la Produccion. Articulo 7º.- Transferencia de recursos, personal y materiales El MORDAZA de fusion entre la Unidad Ejecutora 012 y el Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad concluira en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente norma. En dicho plazo la Unidad Ejecutora 012 transferira sus recursos, personal, acervo documentario y materiales al Ministerio de la Produccion. Articulo 8º.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en el MORDAZA del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe) y en el MORDAZA del Fondo de Innovacion, Ciencia y Tecnologia (www.fincyt.gob.pe). Articulo 9º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 10º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de la Produccion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Disponganse todos los cambios contractuales que correspondan con motivo de la fusion por absorcion de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad, en el MORDAZA de las competencias del Ministerio de Produccion, la Ley Nº 30056 y lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. En tanto culmine el MORDAZA de fusion al que se refiere el presente Decreto Supremo, el Ministerio de la Produccion, dictara, mediante Resolucion Ministerial, las medidas necesarias a fin de no alterar el desarrollo del Proyecto de Innovacion para la Competitividad, proyecto de inversion publica con codigo SNIP Nº 159771 (Contrato de Prestamo Nº 2693/OC-PE). En el MORDAZA del Contrato de Prestamo Nº 2693/OCPE, el Ministerio de la Produccion efectuara las acciones pertinentes que conlleven a la creacion de una unidad ejecutora en dicho Ministerio, teniendo en cuenta lo establecido en el articulo 58º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, para la continuacion de la ejecucion del referido contrato de prestamo. Dispongase que una vez culminado el MORDAZA de fusion al que se refiere el presente Decreto Supremo y creada la unidad ejecutora referida en el numeral precedente, la unidad ejecutora mencionada en el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 157-2012-EF correspondera al Programa Nacional de Innovacion para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Produccion. Segunda.- Dispongase que el Proyecto Innovacion para la Competitividad se ejecutara de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con codigo SNIP Nº 159771 y Contrato de Prestamo Nº 2693/OC-PE y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecucion sera presidido por el Ministerio de la Produccion, respetando las condiciones de gobernanza y adecuado balance entre los representantes publicos, privados y academicos que lo integran. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Autoricese a la Unidad Ejecutora 012 a suscribir contratos, convenios y realizar desembolsos, con las entidades beneficiarias de todos aquellos concursos convocados con anterioridad a la publicacion del presente

6.1. Dentro del plazo MORDAZA de cinco (5) dias utiles contados a partir de la vigencia de la presente MORDAZA,

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