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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (03/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Martes 3 de junio de 2014 524436 su salida del país el 04 y el retorno el 07 de junio de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 3 días x 20% US$ 444.00 TOTAL: US$ 444.00Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo el personal Militar y/o Civil cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 – 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1091320-2 Autorizan viaje de profesional a Haití, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 235-2014-DE/ Lima, 2 de junio de 2014CONSIDERANDO: Que, el artículo 10º, inciso 15) del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece como una de las funciones del Despacho de Defensa, la de supervisar y fomentar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de paz, de conformidad con los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional; Que, en el artículo 4°, inciso 4.7) y el artículo 7°, inciso 7.21) del Decreto Legislativo Nº 1136 - Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se establece que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es el órgano encargado de plani fi car, coordinar y conducir la participación de las Fuerzas Armadas en las operaciones de paz; así como, de normar y supervisar la participación de las Fuerzas Armadas en los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales asumidos por el Estado, respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2011- EF/77.15 de fecha 21 de enero de 2011, se establecieron las Disposiciones Complementarias a la Directiva de Tesorería aprobada por la Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 y sus modi fi catorias, respecto del cierre de operaciones del Año Fiscal anterior, del gasto devengado y girado y del uso de la caja chica, entre otras, la cual establece en su artículo 10, párrafo 10.4, inciso (f), que el Director General de Administración, o quien haga sus veces, debe aprobar una Directiva para la administración de la Caja Chica, en la misma oportunidad de su constitución y disponer la realización de arqueos inopinados sin perjuicio de las acciones de fi scalización y control a cargo del Órgano de Control Institucional; Que, con Directiva N° 100-12/JCCFFAA/OGA de fecha 28 de noviembre de 2012, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, establece las normas y procedimientos generales para la administración de los fondos fi jos para caja chica en la Unidad Ejecutora 002, la cual dispone en su párrafo 6, subpárrafo (a), inciso (2), que la Ofi cina de Contabilidad practique arqueos inopinados y mensuales a los fondos fi jos para Caja Chica existentes; Que, según la Resolución N° 006 CCFFAA/OGA de fecha 9 de enero de 2014, se resuelve designar a partir del 23 de enero de 2014 a la Teniente Segundo AP Lizbeth MELENDEZ Villavicencio (Titular) y al Teniente Primero AP Juan Pablo VARGAS Dulanto (Suplente), como habilitados responsables de la administración y manejo de la caja chica del Contingente XX de la Compañía Infantería Perú en la República de Haití, para el Año Fiscal 2014, quienes darán cumplimiento a las Normas Generales de Tesorería 06 y 07 aprobadas por Resolución Directoral N° 026-80-EF/77.15 de fecha 06 de mayo de 1980; Que, mediante Memorándum N° 876 CCFFAA/OGA/ CONT de fecha 21 de abril de 2014, el Jefe de la O fi cina General de Administración del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ha designado al Contador Público Colegiado Damer Eladio ANGELES Peña, para ejecutar un arqueo de caja inopinado a la Compañía Infantería Perú, en la República de Haití; Que, en ese sentido y con la fi nalidad de dar cumplimiento a las normas de tesorería vigentes, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Puerto Príncipe – República de Haití, al Contador Público Colegiado Damer Eladio ANGELES Peña, a fi n de que ejecute un arqueo de caja inopinado a la Compañía Infantería Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la referida comisión, es necesario autorizar su retorno un (01) día posterior al término de la misma, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Contador Público Colegiado Damer Eladio ANGELES Peña, con DNI N° 09043438, a la ciudad de Puerto Príncipe – República de Haití, a fi n que realice un arqueo de caja inopinado a la Compañía Infantería Perú, en el periodo del 4 al 6 de junio de 2014; autorizando el retorno el 7 de junio de 2014. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes (Lima – Puerto Príncipe – Lima): US$ 2,069.17 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 2,069.17