Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2014 (03/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Articulo Tercero.- ENCARGAR en adicion a sus funciones, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Direccion Tecnica del Sistema Nacional de Bibliotecas, a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Cuarto.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura del Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Tecnico del Sistema Nacional de Bibliotecas, a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Quinto.- RETORNAR al Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a su plaza de origen, CAP 287, Bibliotecario II, Categoria Remunerativa SPC, de la Direccion Ejecutiva de Formacion y Capacitacion Bibliotecaria. Articulo Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolucion a los funcionarios descritos en los articulos precedentes, y a las instancias pertinentes para sus fines. Articulo Septimo.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina Web Institucional: (http:/www.bnp.gob.pe). Registrese, Comuniquese y Cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA PINILLA Director Nacional Biblioteca Nacional del Peru 1090817-1

El Peruano Martes 3 de junio de 2014

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Transferencia a favor de las Unidades Ejecutoras, correspondiente al mes de MORDAZA 2014, por servicios brindados a beneficiarios del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 129-2014/SIS MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Informe N° 009-2014-SIS-GNF-SDGN con Proveido Nº 128-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud, los Memorandos N°s. 216 y 221-2014SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 025-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud, aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el articulo 4° del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud publicas podra establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 001-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion"; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, mediante Informe N° 009-2014-SIS-GNF-SDGN con Proveido Nº 128-2014-SIS-GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, propone la transferencia a las unidades ejecutoras a efectuarse en el mes de MORDAZA de 2014 para cubrir los conceptos de pago preliquidado, cumplimiento de indicadores, prestaciones no tarifadas y pago tarifado; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 216-2014-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestario N° 0575 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con el Memorando N° 2212014-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestario N° 0586 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribucion de las transferencias; Con el visto de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de OCHENTA

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