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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (03/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Martes 3 de junio de 2014 524444 Artículo Tercero.- ENCARGAR en adición a sus funciones, al señor Kelvin Mitchell Tejada Ojeda, la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas, a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto. - DAR POR CONCLUIDA la encargatura del Licenciado Carlos Javier Rojas Lázaro, en el cargo de Director Técnico del Sistema Nacional de Bibliotecas, a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- RETORNAR al Licenciado Carlos Javier Rojas Lázaro, a su plaza de origen, CAP 287, Bibliotecario II, Categoría Remunerativa SPC, de la Dirección Ejecutiva de Formación y Capacitación Bibliotecaria. Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los funcionarios descritos en los artículos precedentes, y a las instancias pertinentes para sus fi nes. Artículo Séptimo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página Web Institucional: (http:/www.bnp.gob.pe). Regístrese, Comuníquese y Cúmplase RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director NacionalBiblioteca Nacional del Perú 1090817-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia a favor de las Unidades Ejecutoras, correspondiente al mes de mayo 2014, por servicios brindados a beneficiarios del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 129-2014/SIS Lima, 30 de mayo de 2014VISTOS: El Informe N° 009-2014-SIS-GNF-SDGN con Proveído Nº 128-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los bene fi ciarios del Seguro Integral de Salud, los Memorandos N°s. 216 y 221-2014-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 025-2014-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano;Que, el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” y “Defi niciones Operacionales”, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador deberá reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 910-2011/ MINSA, se modi fi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que “Las transferencias de recursos serán programadas por el SIS, a fi n de garantizar el oportuno fi nanciamiento de las prestaciones”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 001-2012-SIS/GNF, “Guía Técnica para el Pago por Preliquidación”; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario O fi cial “El Peruano”, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se trans fi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, mediante Informe N° 009-2014-SIS-GNF-SDGN con Proveído Nº 128-2014-SIS-GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, propone la transferencia a las unidades ejecutoras a efectuarse en el mes de mayo de 2014 para cubrir los conceptos de pago preliquidado, cumplimiento de indicadores, prestaciones no tarifadas y pago tarifado; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 216-2014-SIS/OGPPDO aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0575 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con el Memorando N° 221-2014-SIS/OGPPDO aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0586 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribución de las transferencias; Con el visto de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la O fi cina General de Administración de Recursos, de la O fi cina General de Tecnología de la Información y con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de OCHENTA