Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2014 (03/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

524446
Articulo 2°.- SENALAR que, el presente acto, de acuerdo a lo establecido en el literal i) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior , es un acto de administracion interna, y por tanto es irrecurrible. Articulo 3°.- DISPONER que la Direccion General de Autoridades Politicas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior realice una investigacion exhaustiva sobre el particular y determine las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, informando del resultado de las mismas a la Jefatura Nacional de Gobierno Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PESTANA MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e) 1091108-1

El Peruano Martes 3 de junio de 2014

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas
RESOLUCION DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 026-2014-OS/GART MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creo el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusion Social Energetico (FISE), estableciendo en su Articulo 3° un esquema de compensacion social y servicio universal para los sectores mas vulnerables de la poblacion, que comprende, entre otros, una compensacion para promover el acceso al GLP de dicha poblacion, mediante un descuento en la compra mensual de un balon de GLP de hasta 10 kg; Que, las Empresas de Distribucion Electrica, de conformidad con los Articulos 7.3 y 7.6 de la Ley, asi como el Articulo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementacion del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por OSINERGMIN en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N° 138-2012-OS/CD y 034-2013-OS/CD, se aprobaron las Normas "Procedimiento, Plazos, Formatos y Disposiciones Aplicables para la Implementacion y Ejecucion del Fondo de Inclusion Social Energetico aplicable al descuento en la compra del balon de gas", y "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas" (en adelante "Norma Costos FISE"), respectivamente. Esta MORDAZA MORDAZA, dispone la aprobacion mensual de costos administrativos y operativos del FISE

e incluye los formatos en que se reporta la informacion pertinente. Que, las empresas distribuidoras Adinelsa, Edecanete, Electro Dunas, Electro MORDAZA, Electro Sur Este, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D conteniendo informacion hasta Marzo de 2014 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE, motivo por el cual, corresponde a OSINERGMIN la aprobacion de dichos costos, luego de la revision efectuada, a fin de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las empresas distribuidoras de energia electrica; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 2672013-OS/CD, se incorporo el Articulo 8° en la MORDAZA Costos FISE, en el cual se establecio que los costos administrativos y operativos del FISE a que se refieren los considerandos precedentes, serian aprobados con resoluciones de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN; Que, finalmente, se ha expedido el Informe Tecnico N° 272-2014-GART de la Division de Distribucion Electrica y el Informe Legal N° 057-2014-GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas, de acuerdo con lo siguiente: Monto total a reconocer por OSINERGMIN (Nuevos Soles) 17 658,64 3 091,13 6 233,08 108 480,32 51 986,80 38 436,09 127 982,25 131 849,93 30 714,28 3 000,00 8 586,80 145 048,42 15 481,92 23 805,01 3 398,96 715 753,63

Empresa Adinelsa Edecanete Electro Dunas Electro MORDAZA Electro Sur Este Electrocentro Electronoroeste Electronorte Electrosur Emsemsa Emseusac Hidrandina Luz del Sur Seal Sersa TOTAL

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.