Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2014 (03/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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reubicaciones o encargo de funciones jurisdiccionales a labores administrativas no estan permitidos, salvo peticion sustentada dirigida a la Comision Nacional de Descarga Procesal, que se encargara de aprobar o desestimar el pedido. Cuarto. Que mediante Resoluciones Administrativas Nros. 300-2013-CE-PJ, 052-2014-CE-PJ y 139-2014-CEPJ, de fechas 28 de noviembre de 2013, 29 de enero y 23 de MORDAZA de 2014, respectivamente, se dispuso la prorroga del funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales transitorios hasta el 31 de MORDAZA de 2014. Asimismo, dispuso que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento de la produccion de los organos jurisdiccionales transitorios, informando a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para efectos de determinar su continuidad conversion y/o reubicacion. Quinto. Que la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Norte, realizando la evaluacion de sus propuestas en base a la informacion estadistica registrada y disponible en el Formulario Estadistico y Electronico del Poder Judicial, correspondiente a los periodos 2013 y enero a marzo de 2014, considerando que el avance ideal al mes de marzo de cada ano equivale al 18% de la meta anual; de esta manera, se ha establecido la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administracion de organos jurisdiccionales y la optimizacion de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Sexto. Que mediante Informe N° 058-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal establece que: a) El 1° Juzgado de Familia Transitorio Tutelar de MORDAZA presenta a marzo de 2014, un total de 57 expedientes resueltos de un total de 826 expedientes de carga procesal, mostrando un avance de meta de tan solo el 5%, con lo cual no alcanza el avance ideal de meta del 18% que deberia presentar durante el primer trimestre del presente ano; b) En la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, los cinco Juzgados Penales existentes en el Distrito de Lurigancho, registraron al mes de diciembre de 2013 ingresos totales por 1670 expedientes, y considerando que para producir un estandar de 600 expedientes anuales, requieren de una carga minima adicional de 780 expedientes, ello indicaria que el ingreso de expedientes puede ser atendido con un minimo de tres organos jurisdiccionales; por lo que tomando en cuenta que el referido distrito no cuenta con Juzgados Especializados en materia civil, y que el 2° Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho presenta a marzo del presente ano un total de 39 expedientes resueltos de un total de carga procesal de 196 expedientes, registrando con ello un bajo avance de meta del 8%, se propone la conversion del Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho en Juzgado Civil Transitorio del mismo distrito, a fin de atender a la poblacion de dicha localidad con organos jurisdiccionales especializados. c) La 1° Sala Penal Transitoria - Reos Libres del Distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, registro a marzo de 2014 un total de 72 expedientes resueltos de una carga procesal ascendente a 445 expedientes, lo cual equivale al 7% del avance de meta. Asimismo, se observa que al finalizar el ano 2013, ninguna de las cuatro MORDAZA Penales para procesos con Reos Libres del Distrito de Independencia logro alcanzar su meta establecida, ya que registraron en promedio una carga procesal ascendente a 1270 expedientes, y considerando que para producir el estandar de produccion de esta especialidad, ascendente 1050 expedientes anuales, estos organos jurisdiccionales requeririan de una carga minima adicional del 30% (1365), ello indica que estarian lejos de llegar al minimo requerido, por lo que de continuar con la misma cantidad de organos jurisdiccionales, estos se encontrarian en situacion de subcarga, lo cual se refleja al mes de marzo de 2014, ya

El Peruano Martes 3 de junio de 2014

que el porcentaje promedio de avance de meta es del 10%, siendo unicamente la 1° Sala Penal Permanente Reos Libres la que alcanzo el porcentaje de avance de meta ideal del 18%. d) En el Distrito de MORDAZA MORDAZA funcionan actualmente un Juzgado Penal Permanente y dos Juzgados Penales Transitorios, los cuales al finalizar el ano 2013 superaron la meta establecida y a marzo del presente ano tambien han superado el avance de meta ideal del 18%, determinandose la necesidad de contar con una Sala Penal para esta localidad. Por lo que se propone prorrogar por un mes la 1° Sala Penal Transitoria - Reos Libres del Distrito de Independencia, para posteriormente reubicarla al Distrito de MORDAZA MORDAZA como Sala Penal Descentralizada Transitoria. Setimo. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 455-2014 de la decimo octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, a partir del 1 de junio del ano en curso: Hasta el 30 de junio de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE · 1° Sala Penal Transitoria - Reos Libres Independencia Hasta el 31 de agosto de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA · 1° Juzgado de Familia Transitorio Titular - MORDAZA Articulo Segundo.- Convertir y/o reubicar los siguientes organos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal: A partir del 1 de junio y hasta el 31 de agosto de 2014 · Convertir el 2° Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho como Juzgado Civil Transitorio de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este. A partir del 1 de MORDAZA y hasta el 30 de setiembre de 2014 · Reubicar la 1° Sala Penal Transitoria - Reos Libres de Independencia como Sala Penal Descentralizada Transitoria - MORDAZA MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo Tercero.- Renombrar los siguientes organos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal: A partir del 1 de junio de 2014 · El 3° Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho como 2° Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este.

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