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El Peruano Miércoles 4 de junio de 2014 524521 Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el Artículo 19º del Decreto Legislativo Nº 559 - Ley del Trabajo Médico; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo de funciones efectuado al Médico Cirujano Justo Alberto Blas Hernández, como Jefe de Departamento, Nivel F-3, del Departamento de Cirugía del Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Dar por concluida la designación de los profesionales que se detallan a continuación, en el Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándoseles las gracias por los servicios prestados: Nombres y Apellidos Cargo Nivel Médico Cirujano José Gabriel Renán Alencastre Calderón Jefe de Ofi cina de la Ofi cina de Gestión de la Calidad F-3 Contador Público Colegiado José Manuel Ramos Muñoz Jefe de Ofi cina de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina Ejecutiva de Administración F-3 Artículo 3º.- Encargar al Médico Cirujano Pedro Nicolás Polo Valcazar, las funciones de Jefe de Departamento, Nivel F-3, del Departamento de Cirugía del Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud. Artículo 4º.- Designar a la Médico Cirujano Luz Hortencia Parra Galván en el cargo de Jefe de Ofi cina, Nivel F-3, de la Ofi cina de Gestión de la Calidad del Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud. Artículo 5º.- Designar al Economista Jorge Erik Rodríguez Pacheco en el cargo de Jefe de Ofi cina, Nivel F-3, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina Ejecutiva de Administración del Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele término al encargo de funciones dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 846-2013/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1091981-2 Aprueban Documento Técnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 411-2014/MINSA Lima, 3 de junio del 2014 Visto, el Expediente N° 13-105787-002, que contiene los Informes N°s 043 y 064-2013-OA-DPCS de la Dirección General de Promoción de la Salud; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y IV, del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la responsabilidad en materia de salud individual compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, tiene por objeto reconocer, facilitar y promover la acción de los ciudadanos en servicios voluntarios y señalar las condiciones jurídicas bajo las cuales tales actividades se realizan dentro del territorio nacional y declara de interés nacional la labor que realizan los voluntarios en el territorio nacional, en lo referido al servicio social que brindan a la comunidad, en forma altruista y solidaria; Que, con Resolución Ministerial N° 299-2011/MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa N° 174-MINSA/ DGPS-V.01, “Directiva Administrativa para el Trabajo con el Agente Comunitario de Salud”, que tiene por fi nalidad contribuir al fortalecimiento de la participación ciudadana, en el primer nivel de atención, para el desarrollo de acciones de promoción de la salud y de prevención de las enfermedades, en el marco de las políticas nacionales de salud; Que, la Dirección General de Promoción de la Salud, es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la promoción de la salud, así como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad, conforme a lo previsto en el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023- 2005-SA; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Promoción de la Salud, ha propuesto la actualización de la Directiva Administrativa N° 174- MINSA/DGPS-V.01, aprobada con Resolución Ministerial N° 299-2011/MINSA, y ha propuesto en su reemplazo el Documento Técnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud, que tiene como propósito contribuir con el mejoramiento de la salud biopsicosocial del individuo, familia y comunidad, a través de la acción del Agente Comunitario de Salud como agente de cambio para el logro de la formación de una cultura en salud en la población, mediante la adopción de estilos de vida saludables; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Promoción de la Salud, a través de la Dirección de Participación Comunitaria en Salud, la difusión del citado Documento Técnico, así como la evaluación de su implementación a nivel nacional. Artículo 3º.- Las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud, las Direcciones de Salud o las que haga sus veces, son las responsables de su implementación, supervisión y aplicación, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 299-2011/MINSA, que aprobó la Directiva Administrativa N° 174-MINSA/DGPS-V.01 “Directiva Administrativa para el Trabajo con el Agente Comunitario de Salud”. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1091981-3