Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

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medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; siendo la salud publica responsabilidad primaria del Estado y la responsabilidad en materia de salud individual compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, tiene por objeto reconocer, facilitar y promover la accion de los ciudadanos en servicios voluntarios y senalar las condiciones juridicas bajo las cuales tales actividades se realizan dentro del territorio nacional y declara de interes nacional la labor que realizan los voluntarios en el territorio nacional, en lo referido al servicio social que brindan a la comunidad, en forma altruista y solidaria; Que, con Resolucion Ministerial N° 299-2011/MINSA, se aprobo la Directiva Administrativa N° 174-MINSA/ DGPS-V.01, "Directiva Administrativa para el Trabajo con el Agente Comunitario de Salud", que tiene por finalidad contribuir al fortalecimiento de la participacion ciudadana, en el primer nivel de atencion, para el desarrollo de acciones de promocion de la salud y de prevencion de las enfermedades, en el MORDAZA de las politicas nacionales de salud; Que, la Direccion General de Promocion de la Salud, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la promocion de la salud, asi como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad, conforme a lo previsto en el articulo 60° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0232005-SA; Que, mediante los documentos del visto, la Direccion General de Promocion de la Salud, ha propuesto la actualizacion de la Directiva Administrativa N° 174MINSA/DGPS-V.01, aprobada con Resolucion Ministerial N° 299-2011/MINSA, y ha propuesto en su reemplazo el Documento Tecnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud, que tiene como proposito contribuir con el mejoramiento de la salud biopsicosocial del individuo, familia y comunidad, a traves de la accion del Agente Comunitario de Salud como agente de cambio para el logro de la formacion de una cultura en salud en la poblacion, mediante la adopcion de estilos de MORDAZA saludables; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Promocion de la Salud; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud Publica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Documento Tecnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud, que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Promocion de la Salud, a traves de la Direccion de Participacion Comunitaria en Salud, la difusion del citado Documento Tecnico, asi como la evaluacion de su implementacion a nivel nacional. Articulo 3º.- Las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud, las Direcciones de Salud o las que haga sus veces, son las responsables de su implementacion, supervision y aplicacion, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 299-2011/MINSA, que aprobo la Directiva Administrativa N° 174-MINSA/DGPS-V.01 "Directiva Administrativa para el Trabajo con el Agente Comunitario de Salud". Articulo 5º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1091981-3

Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 559 - Ley del Trabajo Medico; en el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluido el encargo de funciones efectuado al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe de Departamento, Nivel F-3, del Departamento de Cirugia del Hospital MORDAZA Auxiliadora de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Dar por concluida la designacion de los profesionales que se detallan a continuacion, en el Hospital MORDAZA Auxiliadora de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados: Nombres y Apellidos Cargo Medico Cirujano Jefe de Oficina de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alencastre Oficina de Gestion de la MORDAZA Calidad Jefe de Oficina de la Contador Publico Colegiado Oficina de Logistica de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz la Oficina Ejecutiva de Administracion Nivel F-3

F-3

Articulo 3º.- Encargar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valcazar, las funciones de Jefe de Departamento, Nivel F-3, del Departamento de Cirugia del Hospital MORDAZA Auxiliadora de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud. Articulo 4º.- Designar a la Medico Cirujano Luz MORDAZA MORDAZA Galvan en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Gestion de la Calidad del Hospital MORDAZA Auxiliadora de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud. Articulo 5º.- Designar al Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital MORDAZA Auxiliadora de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur del Ministerio de Salud, dandosele termino al encargo de funciones dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 846-2013/MINSA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1091981-2

Aprueban Documento Tecnico: Orientaciones para el Fortalecimiento de la Labor del Agente Comunitario de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 411-2014/MINSA MORDAZA, 3 de junio del 2014 Visto, el Expediente N° 13-105787-002, que contiene los Informes N°s 043 y 064-2013-OA-DPCS de la Direccion General de Promocion de la Salud; CONSIDERANDO: Que, los articulos I y IV, del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y

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