Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

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Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1091994-9 RESOLUCION SUPREMA N° 116-2014-JUS MORDAZA, 3 de junio de 2014 VISTO; el Informe N.º 102-2013/COE-TC, de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, del 25 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano JHONY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 26 de marzo de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana, del ciudadano peruano JHONY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por el Delito Contra el Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Tantajulca, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Expediente N.º 392013); Que, el literal a) del articulo 28º de las normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, dispone que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, mediante Informe N.º 102-2013/COE-TC, de fecha 25 de setiembre de 2013, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente, en el sentido de acceder a la solicitud de la extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo N.º 070-2011-RE, vigente desde el 09 de MORDAZA de 2011; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano JHONY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por el Delito Contra el Patrimonio - Robo

RESOLUCION SUPREMA N° 115-2014-JUS MORDAZA, 3 de junio de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 087-2013/ COE-TC, del 12 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica de MORDAZA de la ciudadana peruana MORDAZA LUZ PUMAR GALDOS, formulada por el Decimo MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 20 de diciembre de 2012, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA LUZ PUMAR GALDOS, para ser procesada por los delitos contra el Patrimonio ­ Apropiacion Ilicita, en agravio de la empresa Waira MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada, y contra la Administracion Publica ­ delito contra la Funcion Jurisdiccional ­ Falsa Denuncia, en agravio del Estado peruano (Expediente N.º 76-2012); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 087-2013/COE-TC, del 12 de setiembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica de Peru y la Republica de MORDAZA, firmado el 05 de noviembre de 1932, vigente desde el Canje de Ratificaciones efectuado en la MORDAZA de MORDAZA el 15 de MORDAZA de 1936; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA LUZ PUMAR GALDOS, formulada por el Decimo MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la comision de los delitos contra el Patrimonio ­ Apropiacion Ilicita, en agravio de la empresa Waira MORDAZA Sociedad Anonima Cerrada, y contra la Administracion Publica ­ delito contra la Funcion Jurisdiccional ­ Falsa Denuncia, en agravio del Estado peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores.

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