Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, asi como las siguientes: 3.1 Acreditacion: Procedimiento mediante el cual el Servicio Nacional de Acreditacion (SNA), como organo funcional del INDECOPI, reconoce formalmente que un organismo cumple con los criterios de acreditacion y es competente para efectuar tareas especificas de evaluacion de la conformidad. 3.2 Certificado de Inspeccion de Hermeticidad del STE: Documento emitido por una Entidad Acreditada que, basado en un Informe de Inspeccion, garantiza que un Sistema de Tanques Enterrados (STE) cumple con las normas de hermeticidad correspondientes. 3.3 Comite Evaluador: Equipo de Trabajo designado, conformado con la finalidad de llevar a cabo el MORDAZA de evaluacion de las empresas solicitantes a efectos de su inscripcion en el Registro Provisional. 3.4 Empresa Inspectora: Persona juridica, nacional o extranjera, inscrita en el Registro Provisional de Empresas Inspectoras que realizaran las pruebas de Inspeccion de Hermeticidad del STE, y que es competente para efectuar tareas especificas de evaluacion de la conformidad. 3.5 Empresa solicitante: Persona Juridica, nacional o extranjera, que solicita su inscripcion en el Registro Provisional. 3.6 Informe de Inspeccion: Documento emitido por una Empresa Inspectora, que determina si un STE cumple o no con las normas de hermeticidad correspondientes. 3.7 Inspeccion: Examen del diseno de un producto, servicio, MORDAZA o planta y determinacion de su conformidad con requisitos especificos o generales sobre la base de un juicio profesional. 3.8 Resolucion o documento de Acreditacion: Documento que demuestra que una empresa se encuentra acreditada ante el Organismo Nacional de Acreditacion del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). 3.9 Servicio Nacional de Acreditacion (SNA): Organismo Nacional de Acreditacion, que forma parte de la estructura tecnico administrativa del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. 3.10 Sistema de Tanques Enterrados (STE): Es el conjunto de instalaciones de almacenamiento de combustibles liquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos que comprende a tanques, tuberias y conexiones que se encuentren instaladas por debajo de la superficie. Se incluye en esta definicion a los tanques instalados totalmente bajo superficie, tanques monticulados y tanques tapados. 3.11 Solicitud de Inscripcion: Documento mediante el cual una persona juridica nacional o extranjera solicita ante Osinergmin su inscripcion en el Registro Provisional. TITULO II SOBRE EL COMITE EVALUADOR CAPITULO UNICO COMITE EVALUADOR Articulo 4.- Sobre la formacion del Comite Evaluador El Comite Evaluador sera elegido a traves de una Resolucion de Gerencia General. El Comite Evaluador designado sera el responsable, entre otras funciones, de evaluar las solicitudes de inscripcion de las empresas en el Registro Provisional. Para efectos de la evaluacion, dicho Comite debera estar conformado cuando menos por los tres (03) miembros titulares. En caso de ausencia de los titulares, estos seran sustituidos por los miembros suplentes. Articulo 5.- Funciones del Comite Evaluador Las funciones del Comite Evaluador son siguientes: las

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

5.3 Administrar el Registro Provisional, actualizando la informacion y publicandola en la pagina web de Osinergmin, consignando todas las inscripciones y modificaciones del Registro. TITULO III SOBRE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO PROVISIONAL CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 6.- Evaluacion del Comite Evaluador El Comite Evaluador a que hace referencia el articulo 4 del presente procedimiento procedera a resolver las solicitudes de inscripcion en el Registro Provisional. CAPITULO II SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION PROVISIONAL Articulo 7.- Requisitos para la inscripcion en el Registro Provisional La solicitud de inscripcion en el Registro Provisional, sera presentada segun formato publicado en la pagina Web de Osinergmin. Se debe acompanar a la solicitud los siguientes documentos: 7.1. MORDAZA de la Constitucion Social de la empresa, los poderes y el documento de identidad o carne de extranjeria del representante legal. 7.2. MORDAZA del curriculum de la empresa y procedimiento de inspeccion. 7.3. Cedula de Notificacion del Servicio Nacional de Acreditacion del INDECOPI mediante la cual se acredita la admision de su solicitud de inscripcion ante dicha entidad. 7.4. Memoria descriptiva de la empresa. Se debe incluir un organigrama, descripcion de puestos, descripcion de las responsabilidades del personal tecnico que ejecutara las tareas de inspeccion y los mecanismos de inspeccion de los mismos. 7.5. Formatos de listas, actas y dictamenes de inspeccion. 7.6. MORDAZA de la poliza de seguro de responsabilidad civil por un importe no menor a US$ 500,000.00 (Quinientos Mil Dolares Americanos). 7.7. Relacion y curriculo del personal tecnico que realizara las labores de inspeccion, asi como del jefe de equipo. 7.8. Programa anual de capacitacion del personal inspector, que incluya cursos tecnicos y de sistema de calidad. El programa debe estar calendarizado. 7.9. Evidencia objetiva del conocimiento del personal en las normas que desean inspeccionar: cursos y capacitaciones con sus respectivas evaluaciones/ calificaciones, estudios, experiencia laboral, contratos anteriores, entre otros. Toda la evidencia debe ser MORDAZA y documental. 7.10. Relacion de instalaciones y equipos; historial y programa anual de mantenimiento y calibracion, de ser necesaria, de los equipos. Cada uno de los equipos que requieran ser calibrados debe contar con sus certificados de calibracion correspondientes. Los equipos deben tener tecnologias que cumplan la normativa vigente. 7.11. Declaracion jurada de cumplimiento de los requerimientos establecidos en la NTP-ISO/IEC17020 de acuerdo al formato publicado en la pagina Web de Osinergmin. Osinergmin se reserva el derecho de verificar el contenido de la documentacion presentada, tomar declaraciones, examinar los registros, documentacion y equipos, requerir informacion o documentacion complementaria, pudiendo comprobar el desarrollo de los procesos de inspeccion, a fin de verificar la veracidad de lo declarado. En caso de falsedad en la informacion presentada, la empresa solicitante estara sujeta a responsabilidad administrativa, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar. 7.12. Declaracion Jurada de no estar inscritas en el Registro de Hidrocarburos ni tener vinculacion societaria con ningun agente inscrito en el referido Registro.

5.1 Evaluar, aprobar o denegar, segun su competencia las solicitudes de inscripcion o habilitacion de la inscripcion en el Registro Provisional. 5.2 Suspender o cancelar la inscripcion en el Registro Provisional.

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