Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (13/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 102

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014 525236 EDUCACION Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2014-MINEDU Lima, 11 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0428-2011- ED se designó a la señora NEKY VANETTY MOLINERO NANO, como Directora de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en consecuencia resulta necesario encargar las funciones de Director de la Dirección de Educación Inicial, a fi n de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora NEKY VANETTY MOLINERO NANO al cargo de Directora de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar las funciones de Director de la Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la señora SANDRA NORMA CARDENAS RODRIGUEZ, Especialista de la Dirección de Educación Inicial, en adición a sus funciones, y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1096098-1 ENERGIA Y MINAS Derogan el Decreto Supremo Nº 030- 2013-EM DECRETO SUPREMO Nº 020-2014-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de Hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo conformen, podrá ceder su posición contractual o asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2009-EM, publicado el 16 de abril de 2009, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XXVII, ubicado en la provincia de Sechura del departamento de Piura, suscrito entre PERUPETRO S.A. y FAULKNER SUITS EXPLORATION INC. S.A., SUCURSAL DEL PERÚ; Que, FAULKNER SUITS EXPLORATION INC. S.A., SUCURSAL DEL PERÚ, mediante escritura pública de fecha 30 de junio de 2009, modifi có su denominación social a FAULKNER EXPLORATION INC. S.A., SUCURSAL DEL PERÚ; Que, mediante Decreto Supremo N° 030-2013-EM, publicado el 08 de agosto de 2013, se aprobó la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XXVII por parte de FAULKNER EXPLORATION INC. S.A., SUCURSAL DEL PERÚ, a favor de SINTANA ENERGY PERU S.A.C; Que, mediante carta s/n, recibida por PERUPETRO S.A. el día 20 de setiembre de 2013, FAULKNER EXPLORATION INC. S.A., SUCURSAL DEL PERÚ y SINTANA ENERGY PERU S.A.C, comunicaron a dicha entidad su decisión de dejar sin efecto la cesión de posición contractual, antes de suscribirse la modifi cación del Contrato de Licencia respectivo; Que, mediante Acuerdo de Directorio No. 106-2013, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobó solicitar al Ministerio de Energía y Minas dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 030-2013-EM; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1.- Derogación del Decreto Supremo Nº 030-2013-EM Deróguese el Decreto Supremo No. 030-2013-EM, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de junio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1096521-3 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 104-2014-IN Lima, 12 de junio de 2014