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El Peruano Viernes 13 de junio de 2014 525242 6 numeral 7 Justicia y equidad, artículo 7, Deberes de la función pública numeral 6 Responsabilidad, de la Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. Artículo 2.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario a las servidoras Edna Pariasca Mansilla, Beatriz Susana Lizárraga Zavala, Mónica del Pilar Carmen Quispe, Epifanía Azorsa Gonzáles, Carla Rossina Rodríguez Vásquez, por presunta negligencia funcional transgrediendo de este modo la obligación establecida en los literales a) y d) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; accionar que confi guraría faltas de carácter administrativo disciplinario contenidas en los literales a) y d) del artículo 28 del referido Decreto Legislativo, al inobservarse el Manual de Organización y Funciones de la DICSCAMEC hoy SUCAMEC, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 0233-2000-IN-1707/F2, numeral 1 del punto A “Funciones Específi cas de los Cargos incisos b), c), f) y g)”. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a los citados servidores, de conformidad a las normas legales vigentes. Artículo 4.- Otorgar el plazo de cinco (05) días hábiles contado a partir de la notifi cación de la presente resolución, a fi n que los citados servidores cumplan con presentar sus descargos por escrito adjuntando los medios probatorios que considere pertinentes para desvirtuar su presunta responsabilidad, en legítimo ejercicio del derecho a la defensa. Artículo 5.- Precisar que de conformidad con el artículo 49 del Reglamento Interno de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 2179-2005-IN de fecha 3 de Octubre de 2005, el plazo para la presentación del descargo escrito y pruebas señalado en el artículo anterior podrá ser prorrogado excepcionalmente por cinco (05) días hábiles previa petición debidamente justifi cada y presentada dentro de la vigencia del plazo inicial; entendiéndose automáticamente prorrogado dicho plazo a partir del día hábil siguiente de su vencimiento. Artículo 6.- Remitir todos los actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior, para que dentro del plazo de Ley, lleve a cabo el Proceso Administrativo Disciplinario instaurado mediante la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. ROBERTO REYNOSO PEÑAHERRERA Viceministro de Gestión Institucional 1096080-2 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Dejan sin efecto la R.M. N° 184-2014- MIMP, mediante la cual se designó a Director II de la Oficina de Asuntos Financieros de la Oficina General de Administración del MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ. 193-2014-MIMP Lima, 11 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 184-2014- MIMP publicada el 10 de junio de 2014, se designó al señor Julio Cedesias Canchis Manrique en el cargo de Director II de la Ofi cina de Asuntos Financieros de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, por necesidad de servicio resulta conveniente dejar sin efecto, la citada Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley ʋ 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo ʋ 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 184-2014-MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1096372-1 PRODUCE Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 203-2014-PRODUCE Lima, 12 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, siendo que mediante Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, determinándose su estructura orgánica; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 374-2012- PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal- CAP del Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial Nº 164-2014-PRODUCE se aprobó su actualización y con Resolución Ministerial Nº 167- 2014-PRODUCE se aprobó el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, resultando pertinente designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Con la visación de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1- Designar con efectividad al 12 de junio de 2014, al señor JUAN MANUEL GARCÍA CARPIO, en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, cargo considerado de confi anza. Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www. produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLIS Ministro de la Producción 1096516-1