Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2014 (15/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA 15 de junio de 2014

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BORJA/MINSA de fecha 11 de febrero de 2014, sobre la designacion de responsable de remitir ofertas de empleo del Instituto Nacional de Salud del Nino-San MORDAZA al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; estando a lo informado por la Unidad de Asesoria Juridica en su Informe Nº 018-2014UAJ-INSN-SB, cuyos fundamentos se reproducen; y, CONSIDERANDO:

2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comision de Servicio, al General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 40729688 y al MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 43441659, a fin que participen en la "Quinta Reunion Internacional de Funcionarios de Alto Nivel Responsables de las Cuestiones de Seguridad", a realizarse en la MORDAZA de Kazan - Rusia, del 18 al 21 de junio de 2014; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 16 de junio de 2014 y su retorno el 22 de junio del 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - Moscu (Rusia) - Lima: US$. 2,470.25 x 2 Oficiales (Incluye TUUA) US$. 4,940.50 TOTAL A PAGAR: US$. 4,940.50

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Articulo 4°.- El Personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, el personal militar, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 5°.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1097222-2

SALUD
Designan responsable de remitir ofertas de empleo del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA - San MORDAZA al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL MORDAZA - SAN MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009/2014/INSN-SB/T MORDAZA, 18 de febrero de 2014 VISTO: el El expediente Nº 14-000959-001 que contiene Informe Nº 008-2014-SU-RH-UA-DG/INSN-SAN

Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004TR, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de su programa "Red CIL Pro empleo" proporcionara diariamente al Instituto de Radio y Television del Peru la informacion vinculada con la oferta de trabajo del sector publico y privado, a efectos del cumplimiento del articulo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que sera difundida por el MORDAZA 7 y Radio y Television del Peru, en el horario que disponga dicha entidad; Que, el articulo 2º del precitado dispositivo legal senala que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligado a remitir al "Programa Red CIL Pro-empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar. Estan excluidas de esta obligacion de concursar y remitir la oferta, los puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normativa laboral publica vigente; asimismo establece que los organismos publicos y empresas del Estado designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante resolucion del titular de la entidad, publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 69º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, establece que la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo es un organo de linea, responsable de proponer, ejecutar, dirigir y evaluar la politica y la normativa en materia de intermediacion laboral publica y privada; asimismo, regula, coordina, ejecuta y supervisa la articulacion de los servicios en materia de promocion del empleo y capacitacion laboral; que se prestan a nivel nacional, regional de promocion del empleo y capacitacion laboral; que se prestan a nivel nacional, regional y local, integrados en una Red Nacional bajo su coordinacion y asistencia tecnica; a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 012-2014-TR; Que, el articulo 15 del Decreto Supremo Nº 0652011-PCM, publicado el 27 de MORDAZA de 2011, establece "El Organo encargado de los Contratos Administrativos de Servicios es la Oficina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces"; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004TR, establece las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales del Sector Publico y Privado; senala que "Todo organismo publico y empresa del Estado esta obligada a remitir al Programa Red Cil Pro-empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar"; Que, la Resolucion Ministerial Nº 237-2013/MINSA, publicada el 03 de MORDAZA del 2013, dispone que la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud se encargara por un plazo MORDAZA de seis (6) meses de los Sistemas Administrativos de Gestion de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora 139: Instituto Nacional de Salud del Nino-San MORDAZA en tanto dicha Unidad Ejecutora cuente con el personal administrativo que le permita gestionar los Sistemas Administrativos; Que, la Resolucion Ministerial Nº 700-2013/MINSA, publicada el 31 de octubre del 2013, resuelve ampliar el plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 090-2013/MINSA y modificado por Resolucion Ministerial Nº 237-2013/MINSA, para que la Oficina General de Administracion, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, para la implementacion y funcionamiento de la Unidad Ejecutora 139: Instituto Nacional de Salud del Nino-San MORDAZA se encarguen de los Sistemas Administrativos de Contabilidad, Tesoreria, Abastecimiento, Gestion de Recursos Humanos, Planeamiento, Presupuesto, Modernizacion de la Gestion Publica e Inversion Publica, segun corresponda, hasta el 31 de diciembre de 2013;

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