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El Peruano Sábado 21 de junio de 2014 525785 f. Proponer normas y procedimientos referidos a la optimización de los procesos técnicos de personal, ejecutándolos una vez aprobados. g. Realizar estudios socio-económicos que permitan diagnosticar las distintas necesidades del personal de la Gerencia General del Poder Judicial, a fi n de que se programen acciones específi cas concordantes con la realidad encontrada. h. Promover la celebración de convenios con entidades públicas o privadas, en benefi cio del personal activo y cesante del Poder Judicial, y de sus familias. i. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando, asimismo, información de manejo estadístico para la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. j. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales, disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección, Gerencia General y Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. k. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar. Artículo 27°.- Subgerencia de Remuneraciones y Benefi cios. La Subgerencia de Remuneraciones y Benefi cios es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar encargada de procesar las planillas y los benefi cios del personal activo, pensionistas, cesantes y sobrevivientes del Poder Judicial. Artículo 28º.- Funciones de la Subgerencia de Remuneraciones y Benefi cios. Son funciones de la Subgerencia de Remuneraciones y Benefi cios: a. Formular y proponer los objetivos, metas, normas y disposiciones para el desarrollo de las actividades relacionadas al control de asistencia y permanencia, vacaciones, elaboración de planillas, otorgamiento de benefi cios económicos del personal activo, pensionistas, cesantes y sobrevivientes del Poder Judicial. b. Programar el fl ujo de pagos por remuneraciones y pensiones de acuerdo a los niveles de fi nanciamiento aprobados en los Calendarios de Compromisos de la Institución. c. Desarrollar las actividades de procesamiento de la Planilla Única de Pagos del Poder Judicial, tanto del personal activo, pensionista y otras que se generan de acuerdo a disposiciones internas. d. Coordinar y ejecutar los procesos de registro y control de asistencia, puntualidad y permanencia del personal del Poder Judicial. e. Efectuar las retenciones por planillas a los trabajadores y pensionistas de los convenios suscritos por el Poder Judicial con otras instituciones que cuenten con la respectiva aprobación. f. Procesar los expedientes relacionados a derechos, benefi cios de los trabajadores del Poder Judicial sobre descuentos, permisos, inasistencias, licencias, vacaciones y constancias de haberes y descuentos, elaborando los proyectos de resolución u otros documentos según el caso. g. Efectuar estudios de la escala remunerativa, conceptos remunerativos, a fi n de conocer los efectos económicos, emitiendo los informes que corresponda. h. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando, asimismo, información de manejo estadístico para la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. i. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales, disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección, Gerencia General y Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. j. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar. Artículo 29°.- Subgerencia de Capacitación. La Subgerencia de Capacitación es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar encargada de desarrollar e implementar programas de capacitación laboral a los trabajadores del Poder Judicial, a fi n de que cuenten con los conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para el óptimo desempeño de las funciones a su cargo. Artículo 30º.- Funciones de la Subgerencia de Capacitación. Son Funciones de la Subgerencia de Capacitación: a. Aplicar y difundir los lineamientos, políticas y normas en materia de capacitación y desarrollo del personal del Poder Judicial. b. Detectar, coordinar y atender las necesidades de capacitación y desarrollo del personal, vigilando la ejecución de los programas correspondientes, e integrar la información de la capacitación de carácter administrativo que se imparta al personal del Poder Judicial. c. Promover, elaborar y ejecutar, programas de inducción y motivación, que sean necesarios para el mejor desarrollo del personal y los destinados a optimizar la relación laboral. d. Difundir y promover programas de capacitación y desarrollo que refuercen los conocimientos, habilidades y actitudes del personal, que fortalezcan el desempeño de sus actividades. e. Administrar el aula virtual del Poder Judicial, desarrollando programas de capacitación a través de este medio, en coordinación con las diferentes dependencias del Poder Judicial que efectúen acciones de capacitación a nivel nacional. f. Formular y presentar al Gerente de Recursos Humanos y Bienestar el anteproyecto del Programa Anual de Capacitación y Desarrollo del Personal. g. Diseñar y producir, sobre la base de los lineamientos establecidos, los instrumentos audiovisuales que apoyen la capacitación. h. Emitir documentos de carácter técnico, en materia de enseñanza y aprendizaje. i. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando, asimismo, información de manejo estadístico para la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. j. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales, disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección, Gerencia General y Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. k. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar. Artículo 30°-A.- Subgerencia de Relaciones Laborales. La Subgerencia de Relaciones Laborales es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar encargada de planear, organizar, prevenir y desarrollar las acciones derivadas de la vinculación laboral de los trabajadores con el Poder Judicial, a fi n de mantener una organización unitaria que ayude a prevenir las contingencias laborales como consecuencia de las Relaciones Colectivas de Trabajo. Artículo 30º-B.- Funciones de la Subgerencia de Relaciones Laborales. Son Funciones de la Subgerencia de Relaciones Laborales: a) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las políticas en materia laboral dentro del ámbito de las relaciones de trabajo. b) Conocer la realidad y problemática laboral en las contrataciones del personal, su permanencia y desvinculación laboral. c) Gestionar la resolución de problemáticas referidas a la relación del empleador con los gremios sindicales. d) Participar en las negociaciones colectivas con los gremios sindicales del Poder Judicial. e) Anticiparse a los posibles confl ictos laborales con los gremios sindicales, proponiendo soluciones a las controversias suscitadas. f) Realizar seguimiento a la gestión en materia laboral en resguardo de los derechos laborales de los trabajadores del Poder Judicial; y proponer y tomar las medidas correspondientes. g) Diseñar y supervisar los sistemas funcionales en el ámbito de trabajo asegurando el cumplimiento de las normas socio - laborales.