Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

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los procesos relacionados a la atencion integral, servicios de salud, calidad, gestion sanitaria y actividades de salud mental, a cargo de proponer las politicas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atencion de salud de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional, asi como disenar, normar, evaluar y mejorar continuamente el MORDAZA de proteccion, recuperacion y rehabilitacion de la salud, en el sector, para la asignacion y logro de los objetivos funcionales correspondientes, de acuerdo a lo senalado en los literales a) y c) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modificatorias; Que, mediante el documento del visto, la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud ha propuesto la aprobacion de la "Guia Tecnica Nacional para la estandarizacion del procedimiento de la Atencion Integral de la gestante en la Interrupcion Voluntaria por Indicacion Terapeutica del Embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 119º del Codigo Penal", cuyo objetivo es estandarizar los procedimientos para la atencion integral de la gestante en los casos de Interrupcion Voluntaria por Indicacion Terapeutica del Embarazo menor de veintidos (22) semanas con consentimiento informado, cuando es el unico medio para salvar la MORDAZA de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente, conforme lo dispone el articulo 119º del Codigo Penal y normas legales vigentes; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Direccion General Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud Publica; y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la "Guia Tecnica Nacional para la estandarizacion del procedimiento de la Atencion Integral de la gestante en la Interrupcion Voluntaria por Indicacion Terapeutica del Embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 119º del Codigo Penal", que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas la difusion, implementacion y monitoreo de lo dispuesto en la citada Guia Tecnica Nacional. Articulo 3.- Las Direcciones de Salud o el que haga sus veces, asi como las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces en el ambito regional, son responsables de la difusion, implementacion y monitoreo de la presente Guia Tecnica Nacional, dentro de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud GUIA TECNICA NACIONAL PARA LA ESTANDARIZACION DEL PROCEDIMIENTO DE LA ATENCION INTEGRAL DE LA GESTANTE EN LA INTERRUPCION VOLUNTARIA POR INDICACION TERAPEUTICA DEL EMBARAZO MENOR DE 22 SEMANAS CON CONSENTIMIENTO INFORMADO EN EL MORDAZA DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 119º DEL CODIGO PENAL I. FINALIDAD Asegurar la Atencion Integral de la gestante en los casos de Interrupcion Voluntaria por Indicacion Terapeutica del Embarazo menor de veintidos (22)

Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneraciones o liberalizacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1103638-21

Aprueban la "Guia Tecnica Nacional para la estandarizacion del procedimiento de la Atencion Integral de la gestante en la Interrupcion Voluntaria por Indicacion Terapeutica del Embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 119º del Codigo Penal"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 486-2014/MINSA MORDAZA, 27 de junio del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-065892-001, que contiene el Informe Nº 040-2014-DGSP-DAIS-ESNSSYR/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Constitucion Politica del Peru ha previsto que: "El Estado determina la politica nacional de salud. El Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion. Es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud"; Que, los numerales II y VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud establecen que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, asi como de promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud ha previsto que el Sector Salud esta conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas, a el y aquellas instituciones publicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicho cuerpo legal, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, el literal a) del articulo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, establece que es funcion rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de Promocion de la Salud, Prevencion de Enfermedades, Recuperacion y Rehabilitacion en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el articulo 119º del Decreto Legislativo Nº 635, Codigo Penal dispone que: "No es punible el aborto practicado por un medico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el unico medio para salvar la MORDAZA de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente"; Que, la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud es el organo tecnico normativo en

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