Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2014 (06/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1057905-8

El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014

Tratamiento Empresarial, aprobada por la Resolucion Directoral N° 002-2010-EF/76.01 y modificada mediante Resoluciones Directorales N°s. 003-2011-EF/76.01 y 0022012-EF/50.01; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Apruebase, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al Ano Fiscal 2013, la formalizacion de los Creditos Suplementarios del MORDAZA Trimestre del citado ano fiscal por la suma de CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 179 241 367,00), de acuerdo al siguiente desagregado:
INGRESOS Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados Donaciones y Transferencias Recursos por Operaciones Oficiales de Credito TOTAL INGRESOS EGRESOS Gastos Corrientes Gastos de Capital TOTAL EGRESOS En Nuevos Soles 74 293 443,00 103 495 127,00 1 452 797,00 --------------------179 241 367,00 ============ En Nuevos Soles 69 293 044,00 109 948 323,00 --------------------179 241 367,00 ============

Aprueban la Formalizacion de los Creditos Suplementarios del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2013, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 048-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 42.3 del articulo 42 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, senala que la Direccion General de Presupuesto Publico propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, sobre la base de las resoluciones que aprueban la mayor disponibilidad financiera de los fondos publicos que financian el presupuesto de las referidas entidades; Que, el articulo 5 del Decreto Supremo Nº 2562012-EF establece, entre otros aspectos, que las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban en periodos trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecucion Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial; Que, en consecuencia es necesario aprobar la formalizacion de los Creditos Suplementarios del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2013, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y, De conformidad con el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 42.3 del articulo 42 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el articulo 5 del Decreto Supremo Nº 256-2012-EF, y los articulos 20 y 21 de la Directiva N° 001-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion Presupuestaria de las Entidades de

Articulo 2º.- Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el articulo precedente, a nivel Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente MORDAZA legal, los cuales son publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe, de acuerdo a lo siguiente:
Descripcion Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Generica del Gasto Distribucion del Ingreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Publicos Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Directamente Recaudados Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Donaciones y Transferencias Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Anexo

Anexo Nº I

Anexo N° II

Anexo Nº III

Anexo Nº III-1

Anexo Nº III-2

Anexo Nº III-3

Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

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