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El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014 518264 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional DECRETO SUPREMO N° 050-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó, entre otros, los Presupuestos de los Pliegos 002 Instituto Nacional de Estadística e Informática, 059 Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES y 038 Ministerio de la Producción; Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, establece que esta entidad es el organismo central de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística e informática ofi ciales del país, estando dentro del ámbito de competencia del Sistema Nacional de Estadística los levantamientos censales, estadísticas continuas, las encuestas por muestreo, las estadísticas de población, los indicadores e índices en general, las cuentas nacionales y regionales, entre otros, correspondiendo a dicho Sistema las tareas técnicas y científi cas que se desarrollan con fi nes de cuantifi car y proyectar los hechos económicos y sociales para producir las estadísticas ofi ciales del país; Que, mediante Decreto Supremo N° 301-2013-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2013 , entre otros, a favor del INEI hasta por la suma de QUINIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 510 000,00), para dar inicio a las actividades preparatorias para el levantamiento de la información del “Censo Nacional a Gobiernos Regionales y Locales” ascendente a NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 93 950,00), y hasta por la suma de CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 416 050,00) para la “Encuesta Nacional a Hogares Rurales”; Que, mediante los Ofi cios N°s. 168 y 203-2014-INEI/ OTPP-OEPRE, el Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática señala que se estimó el presupuesto para la “Encuesta Nacional a Hogares Rurales” en CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 520 590,00) y para el “Censo Nacional a Gobiernos Regionales y Locales” en TRES MILLONES CIENTO DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 102 260,00), y que considerando que se debe continuar con las actividades preparatorias para la operación de campo de ambas investigaciones, así como las referidas al levantamiento, procesamiento y consistencia de información a realizarse en el primer semestre del presente año, se requiere recursos adicionales hasta por la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 104 540,00) para la “Encuesta Nacional a Hogares Rurales”, y hasta por la suma de TRES MILLONES OCHO MIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 008 310,00) para el “Censo Nacional a Gobiernos Regionales y Locales”; Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, cuya fi nalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y fi nancieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y de acuicultura; Que, el Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES con el Ofi cio N° 039-2014- FONDEPES/J solicita recursos adicionales hasta por la suma de ONCE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 177 925,00), con la fi nalidad de fi nanciar los proyectos de inversión pública SNIP 232325 “Mejoramiento de los Servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Ilo, Distrito de Ilo, Provincia de Ilo, Región Moquegua” y SNIP 272805 “Mejoramiento de los Servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Morro Sama, Distrito de Sama, Provincia de Tacna, Región Tacna”, ambos declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dichos proyectos permitirán benefi ciar a pescadores artesanales y a la vez cumplir con las normas sanitarias vigentes; Que, el Ministerio de la Producción, según el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, tiene competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, en materia de comercio interno, pudiendo canalizar para tal efecto el apoyo presupuestal para el fi nanciamiento de proyecto de inversión pública en materia de comercio interno; Que, mediante el Ofi cio N° 191-2014-PRODUCE/ SG la Secretaria General del Ministerio de la Producción solicita recursos adicionales hasta por la suma de NUEVE MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 361 483,00), con la fi nalidad de fi nanciar los proyectos de inversión pública SNIP 150179 “Ampliación y Remodelación del Mercado Modelo de Tingo María, Provincia de Leoncio Prado-Huánuco” y SNIP 196814 “Instalación y Equipamiento del Camal Municipal de la Unión, Provincia de Dos de Mayo – Huánuco”, ambos declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dichos proyectos permitirán salvaguardar la seguridad y salubridad de la población en el ámbito de la intervención; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender los requerimientos efectuados por los pliegos señalados en los considerandos precedentes, no han sido previstos en sus Presupuestos Institucionales aprobados por la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66 652 258,00) con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66 652 258,00), a fi n de atender las actividades y los proyectos descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios