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El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014 518266 el Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI – 2015 Perú, en adelante Proyecto Especial, que tendrá a su cargo la organización, preparación y realización de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional, a llevarse a cabo en la República del Perú en el año 2015, declarado de interés nacional por la indicada norma legal; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 241- 2012-EF establece que el Proyecto Especial, dentro de su estructura organizativa, cuenta con un Consejo Directivo que es el órgano directivo encargado de proporcionar orientación estratégica en la organización, preparación y realización de las Juntas Anuales de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional; Que, el Consejo Directivo se encuentra integrado por ocho (8) Ministros de Estado e instituciones públicas que se encuentran vinculados directamente en el desarrollo de las actividades del referido evento internacional; Que, el Ministerio de Cultura, en el marco de sus competencias, se encarga de promover las manifestaciones culturales en los eventos internacionales declarados de interés nacional; adicionalmente, para los fi nes del desarrollo de las Juntas de Gobernadores del Grupo Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional en el 2015, se utilizarán diversas instalaciones del sector cultura, como son la Biblioteca Nacional del Perú, el Museo de la Nación y el Gran Teatro de Lima; Que, en la medida que el sector cultura también se encuentra involucrado directamente en las actividades de organización y preparación del evento internacional, se estima conveniente que el Ministro de Cultura integre el Consejo Directivo del Proyecto Especial, a fi n de contar con la representatividad de dicho sector y efectuar una efi ciente coordinación entre los sectores que lo componen; Que, en tal sentido, resulta necesario modifi car el artículo 2 del Decreto Supremo N° 241-2012-EF en lo relacionado a la conformación del Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del artículo 2 del Decreto Supremo N° 241-2012-EF Modifíquese el numeral 2.2 del artículo 2o del Decreto Supremo N° 241-2012-EF en los términos del siguiente texto: “2.2 La estructura organizativa del citado Proyecto Especial es defi nida en el Manual de Operaciones del mismo, y cuenta, entre otros, con un Consejo Directivo que estará conformado por: El Ministro de Economía y Finanzas, quien lo preside El Ministro de Comercio Exterior y Turismo El Ministro de Transportes y Comunicaciones El Ministro de Defensa El Ministro del Interior El Ministro de Relaciones Exteriores El Ministro de Salud El Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento El Ministro de Cultura El Presidente del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú El Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima” Artículo 2º.- Manual de Operaciones El Manual de Operaciones del Proyecto Especial, aprobado por Resolución Ministerial N° 115-2013-EF/10, se adecuará a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, la Ministra de Relaciones Exteriores, la Ministra de Salud, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Ministra de Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1057905-12 Autorizan viaje del Viceministro de Hacienda a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 082-2014-EF/43 Lima, 3 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Cartas SRE-153/2014 y PE-027/2014, la Corporación Andina de Fomento (CAF) convoca al Viceministro de Hacienda a la XXIII Reunión del Comité de Auditoría de la CAF y al señor Ministro de Economía y Finanzas a la CL Reunión del Directorio de la CAF, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 17 y 18 de marzo de 2014, respectivamente; Que, asimismo, mediante Carta PE-013-14, la Presidencia Ejecutiva del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) convoca al señor Ministro de Economía y Finanzas a la XXIV Reunión Ordinaria de Asamblea de Representantes del FLAR, que se realizará en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el día 19 de marzo de 2014; Que, en las Reuniones de la CAF se abordarán temas estratégicos para dicha Corporación, resultando relevante la participación de todos los miembros del Directorio, y en particular, de los representantes del Gobierno Peruano, por cuanto los temas a tratar y las decisiones a tomar resultan de sumo interés de este Ministerio; Que, el objetivo del FLAR es apoyar la balanza de pagos de los países miembros otorgando créditos o garantizando préstamos a terceros y mejorando las condiciones de inversión de las reservas internacionales efectuadas por los países; Que, el señor Ministro de Economía y Finanzas, por temas propios de su Agenda no podrá asistir a la XXIV Reunión Ordinaria de Asamblea de Representantes del FLAR, por lo que ha estimado conveniente que el señor Carlos Augusto Oliva Neyra, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, participe en su representación en dicho evento; Que, con relación a las Reuniones de la CAF a realizarse los días 17 y 18 de marzo de 2014, los gastos que se deriven de la participación en dichas Reuniones