Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2014 (06/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014

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056-2013-PCM, asi como en la Resolucion Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012EF/43.01 ­ Directiva para la Tramitacion de Autorizaciones de Viajes por Comision de Servicios al Exterior e Interior del MORDAZA y sus modificatorias aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 331-2013-EF/43 y Resolucion Ministerial N° 027-2014-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje en comision de servicio, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 16 al 19 de marzo de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (1 dia) : US $ 370,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debera presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentara la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1057810-1 Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, la cual sera publicada dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos indices de correccion monetaria; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE:

seran asumidos por la Corporacion MORDAZA de Fomento, por lo que se encuentran en el supuesto previsto en el articulo 11 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que senala que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitacion o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningun MORDAZA de gastos al Estado, seran autorizados mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que, asimismo, respecto a la XXIV Reunion Ordinaria de Asamblea de Representantes del FLAR, dicha Reunion se enmarca en el literal e) del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, que dispone que los viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo que participen en reuniones de los organismos multilaterales financieros de los que el MORDAZA es miembro se autorizan mediante Resolucion del Titular de la entidad; Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, para que participe en la XXIII Reunion del Comite de Auditoria y en la CL Reunion del Directorio de la CAF, en su calidad de Director Suplente del Directorio, y en la XXIV Reunion Ordinaria de Asamblea de Representantes del FLAR, en representacion del senor Ministro de Economia y Finanzas; Que, los gastos que se deriven de las Reuniones organizadas por la Corporacion MORDAZA de Fomento seran asumidas por la CAF, mientras que los viaticos correspondientes a la participacion en la XXIV Reunion Ordinaria de Asamblea de Representantes del FLAR, seran asumidos por el Ministerio de Economia y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº

Fijan indices de correccion monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 086-2014-EF/15 MORDAZA, 4 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenacion de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisicion o construccion reajustado por los indices de correccion monetaria que establece el Ministerio de Economia y Finanzas en base a los Indices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, conforme al articulo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los indices de correccion monetaria seran fijados mensualmente por

Articulo Unico.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el dia siguiente de publicada la presente Resolucion hasta la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial mediante la cual se fijen los indices de correccion monetaria del siguiente mes, el valor de adquisicion o construccion, segun sea el caso, se ajustara multiplicandolo por el indice de correccion monetaria correspondiente al mes y ano de adquisicion del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas
ANEXO

INDICE DE CORRECCION MONETARIA
Anos/ Meses 1976 Enero -Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre

201,370,397.50 198,522,239.95 194,513,898.10 194,406,845.87 192,307,724.68 71,169,356.40 41,305,440.04

189,606,676.84 162,520,008.72 151,452,296.25 149,045,248.50 145,016,998.54 142,750,955.33 116,798,381.67 112,747,283.42 109,463,042.75 106,831,162.54 105,135,345.69 102,615,640.25 65,626,983.55 40,268,723.09 62,844,282.69 60,655,470.03 57,861,897.23 54,847,664.04 51,804,444.51 37,898,958.10 36,249,289.08 34,798,841.37 33,834,444.43 32,429,896.16

1977 141,852,850.12 135,426,417.49 131,168,673.95 126,547,852.50 125,469,064.27 123,588,747.67 1978 99,006,093.04 90,787,039.35 85,567,581.80 83,147,251.22 80,320,742.55 1979 50,594,973.35 48,107,486.69 46,091,456.27 44,048,205.04 42,619,466.18

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